APRUEBA MODIFICACIÓN AL REGLAMENTO SOBRE "IDENTIFICACIÓN DE PRODUCTOS AERONÁUTICOS Y MARCAS DE NACIONALIDAD Y MATRÍCULA" (DAR PARTE 45)

    Núm. 55.- Santiago, 1 de junio de 2009.- Vistos: Lo dispuesto por el artículo 32 N°6 de la Constitución Política de la República de Chile; el decreto supremo (Av.) N° 68 de 07.may.2003, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprobó el Reglamento sobre "Identificación de Productos Aeronáuticos y Marcas de Nacionalidad y Matrícula" DAR Parte 45; y
    Considerando: Lo solicitado por la Dirección General de Aeronáutica Civil en oficio "O" N° 05/0/402/1319 de 17.mar.2009, en el sentido de adecuar el texto del citado reglamento con el objeto de permitir modificaciones en el mecanismo de asignación de marcas de matrícula de aeronaves y lo informado por la Auditoría Jurídica de la Subsecretaría de Aviación en oficio "O" Nº 1046 de 25.may.2009,

    Decreto:

    Apruébanse las siguientes modificaciones al Reglamento sobre "Identificación de Productos Aeronáuticos y Marcas de Nacionalidad y Matrícula" DAR Parte 45, aprobado por decreto supremo (Av.) N° 68 de 07.may.2003, del Ministerio de Defensa Nacional:

a)  Suprímase en el Párrafo 45.23 (a) la frase "correspondiendo la primera de ellas a la clasificación de la aero-nave";
b)  Substitúyese por un punto la coma que antecedía a la frase suprimida.


    Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial.- EDMUNDO PÉREZ YOMA, Vicepresidente de la República.- Francisco Vidal Salinas, Ministro de Defensa Nacional.
    Lo que transcribe para su conocimiento.- Raúl Vergara Meneses, Subsecretario de Aviación.