EXTRACTO DE RESOLUCIÓN Nº 3.951 EXENTA, DE 28.07.2009, QUE ASIGNA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA QUE INDICA

    En el concurso público del primer cuatrimestre de 2008, se ha asignado a Ilustre Municipalidad de Quinta Normal, RUT Nº 69.071.000-5, una concesión de Radiodifusión Sonora en Mínina Cobertura para la Comuna de Quinta Normal, Región Metropolitana, con las características técnicas siguientes: Potencia máxima de 1 W; frecuencia 104,5 MHz; estudio, planta transmisora y sistema radiante ubicado en Avenida Carrascal Nº 4447, Comuna de Quinta Normal, Región Metropolitana; coordenadas geográficas 33º25'24" Latitud Sur, 70º40'52" Longitud Oeste (Datum PSAD 1956); sistema radiante direccional con polarización vertical. Una (1) antena Yagi de 3 elementos, ganancia máxima de 4,5 dBd y altura del centro de radiación de 6 m; pérdidas en cables, conectores y otras de 33,5 dB (proyecto incluye atenuador de 32 dB); pérdidas por lóbulo de acuerdo a la siguiente tabla:

Radial  0º      20º    40º    60º    80º    100º    120º    140º  160º
Pérdida
por
lóbulo
(dB)  -14,89  -15,39  -14,89  -14,42  -14,42  -14,89  -15,39  -14,89  -9,63

Radial  180º    200º    220º  240º    260º  280º    300º  320º  340º
Pérdida
por
lóbulo
(dB)  -6,38  -3,22  -1,01  -0,04  -0,04  -1,01  -3,22  -6,38  -9,63

    Sin perjuicio de la potencia máxima de 1 W autorizada a esta concesión, en cuanto elemento de su esencia, y a fin de cumplir con los requisitos previstos en la letra a) del artículo 3º de la ley, en particular en lo referido a que la zona de cobertura de este servicio de radiodifusión sonora no debe sobrepasar los límites territoriales de la respectiva comuna, la concesionaria deberá operar con una potencia máxima del transmisor de 1 W, atendidas la actual ubicación de su planta transmisora y demás instalaciones y el conjunto de las restantes características técnicas del sistema radiante autorizadas en la resolución.
    Los plazos son: inicio de obras, 30 días; término de obras, 60 días; inicio de servicio, 90 días, computados a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del decreto que otorgue la concesión. Esta publicación se hace según lo dispuesto en los artículos 13ºA y 13ºB de la ley Nº 18.168, a objeto que quien tenga interés en ello pueda reclamar de la resolución exenta que se extracta, dentro del plazo de 5 días hábiles, contados desde la presente publicación. La reclamación deberá presentarse por escrito ante el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, ser fundada, adjuntar todos los medios de prueba que acrediten los hechos que la fundamentan y fijar domicilio dentro del radio urbano de la comuna de Santiago.-


    Por orden del Subsecretario de Telecomunicaciones, Jefe Departamento Radiodifusión.