DESTINA AL MINISTERIO DE BIENES NACIONALES TERRENO FISCAL DENOMINADO CABO FROWARD, UBICADO EN LA COMUNA DE PUNTA ARENAS, XII REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA
Extracto de decreto Nº 467, de 29 de diciembre de 2006.
Mediante decreto Nº 467, de 29 de diciembre de 2006, el Ministerio de Bienes Nacionales destinó al Ministerio de Bienes Nacionales, para la conservación del patrimonio de biodiversidad contenida en él, el predio fiscal signado como Cabo Froward, ubicado en la comuna de Punta Arenas, provincia de Magallanes, XII Región de Magallanes y Antártica Chilena, que consta de 31 lotes que a continuación se individualizan: Lote 8a2, con una superficie de 5,00 has, Plano: XII-2-1491-CR; Lote 8a9, con una superficie de 15,80 has, Plano: XII-2-1491-CR; Lote 8a10, con una superficie de 3,05 has, Plano: XII-2-1491-CR; Lote 8a11, con una superficie de 4,80 has, Plano: XII-2-1491-CR; Lote 8a12, con una superficie de 164,14 has, Plano: XII-2-1491-CR; Lote 8a13, con una superficie de 58,99 has, Plano: XII-2-1491-CR; Lote 8a14, con una superficie de 28,98 has, Plano: XII-2-1491-CR; Lote 8a18, con una superficie de 5,00 has, Plano: XII-2-1491-CR; Lote 8a25, con una superficie de 7,24 has, Plano: XII-2-1491-CR; Lote 8a21, con una superficie de 37,16 has, Plano: XII-2-1492-CR; Lote 8a22, con una superficie de 360,92 has, Plano: XII-2-1492-CR; Lote 8a23, con una superficie de 1671,62 has, Plano: XII-2-1492-CR; Lote 8a26, con una superficie de 49,52 has, Plano: XII-2-1492-CR; Lote 8a27, con una superficie de 28,00 has, Plano: XII-2-1492-CR; Lote 8a28, con una superficie de 1.465,26 has, Plano: XII-2-1492-CR; Lote 8a16, con una superficie de 51,06 has, Plano: XII-2-1492-CR; Lote 8a17, con una superficie de 40,80 has, Plano: XII-2-1492-CR; Lote 8a19, con una superficie de 28,90 has, Plano: XII-2-1492-CR; Lote 8a4-A, con una superficie de 6,13 has, Plano: XII-2-1488-CR; Lote 8a4-C, con una superficie de 488,39 has, Plano: XII-2-1488-CR; Lote 8a24-B, con una superficie de 1,84 has, Plano: XII-2-1487-CR; Lote 8a3-B, con una superficie de 3,00 has, Plano: XII-2-1485-CR; Lote 8a20-B, con una superficie de 3,00 has, Plano: XII-2-1486-CR; Lote 8a1, con una superficie de 23,97 has, Plano: XII-2-1493-CR; Lote 8a7, con una superficie de 3,97 has, Plano: XII-2-1493-CR; Lote 8a8, con una superficie de 9,32 has, Plano: XII-2-1493-CR; Lote 8a29, con una superficie de 572,88 has, Plano: XII-2-1493-CR; Lote 8a30, con una superficie de 4.132,15 has, Plano: XII-2-1493-CR; Lote 8a5, con una superficie de 7,16 has, Plano: XII-2-1493-CR; Lote 8a6, con una superficie de 6,42 has, Plano: XII-2-1493-CR; Lote 8a15, con una superficie de 1,17 has, Plano: XII-2-1493-CR. El objeto específico de la destinación será la conservación y protección del hábitat del huemul.
El decreto con su texto completo se encuentra archivado en el Ministerio de Bienes Nacionales.
Extracto autorizado por el Subsecretario de Bienes Nacionales, don Augusto Prado Sánchez.
Augusto Prado Sánchez, Subsecretario de Bienes Nacionales.