La presente ley, crea la provincia de Marga Marga en la Región de Valparaíso, modificando la división territorial de las provincias de Valparaíso y Quillota. La nueva división administrativa incluye a las comunas de Villa Alemana, Quilpué, Limache y Olmué, cuyos límites comunales no serán alterados. La capital de la nueva provincia de Marga Marga será Quilpué. La entrada en vigencia de esta ley es el 11 de marzo de 2010, fecha a contar de la cual, se nombrará al gobernador provincial.
    Artículo Segundo.- En el plazo de noventa días, contado desde la instalación de la Gobernación de la provincia de Marga Marga, se constituirá la comisión a que se refiere el artículo 55 del decreto con fuerza de ley N° 1-19.175, de 2005, de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, a efectos de que se cumpla la disposición que fija el artículo 53 de la misma.