MODIFICA RESOLUCIÓN EXENTA Nº 2.061, de 2008, DE LA SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE LA REGIÓN METROPOLITANA
Núm. 1.915 exenta.- Santiago, 19 de agosto de 2009.- Visto: La Ley Nº 18.059; los artículos 113 y 118 de la Ley N° 18.290, de Tránsito, la Ley Nº 19.300 de Bases del Medio Ambiente; el decreto supremo N° 58/2004, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que Reformula y Actualiza el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA); el D.S. N° 46, de 5 de marzo de 2007, del mismo origen, que Revisa, Reformula y Actualiza Capítulo XIV "Plan Operacional para Enfrentar Episodios Críticos de Contaminación", del referido D.S. 58/2004; el decreto supremo Nº 83/85, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; las resoluciones Nº 59/85 y 39/92 ambas de la misma Secretaría de Estado antes mencionada; el Ord. 3779, de 6 de agosto de 2009, del Director de Serviu Metropolitano y, la demás normativa vigente que resulte aplicable.
Considerando:
1.- Que, la habilitación de las obras correspondientes a los tramos 3B, 3C y 4 del Proyecto: "Habilitación Corredor de Transporte Público Av. Pedro Aguirre Cerda", informada por Serviu Metropolitano, mediante Ord. citado en el Visto, permitirá extender el actual corredor de buses de transporte público urbano de Av. Pedro Aguirre Cerda, por todo el eje que comprende dicha vía y un tramo de Camino a Melipilla y Av. Esquina Blanca.
2.- Que, por lo expuesto, existe una causa justificada en los términos del artículo 118 de la Ley Nº 18.290, para disponer la medida que se establece en el resuelvo del presente acto administrativo,
Resuelvo :
1.- Modifícase el numeral 1.- del Resuelvo de la resolución exenta Nº 2.061, de fecha 10 de septiembre de 2008, de esta Secretaría Regional Ministerial, en el sentido de reemplazar el primer párrafo por el siguiente:
"1.- Establécense pistas de uso exclusivo para buses de transporte público urbano de pasajeros en calzada central del eje comprendido por Av. Pedro Aguirre Cerda, Camino a Melipilla y Av. Esquina Blanca, de las comunas de Cerrillos y Maipú, en los tramos del mismo, que según sus sentidos de tránsito, se indican en el siguiente cuadro:

2.- Las señaladas pistas se encontrarán debidamente segregadas del resto de la vía y señalizadas de conformidad con el Manual de Señalización de Tránsito.
3.- Carabineros de Chile, inspectores municipales e inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, son los encargados de fiscalizar el estricto cumplimiento de la medida precedentemente descrita, de conformidad a lo dispuesto en la Ley N°18.290.
4.- La presente resolución entrará en vigencia a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Anótese y publíquese.- Pablo Rodríguez Olivares, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región Metropolitana.