LLAMA A CONCURSO EN CONDICIONES ESPECIALES EN LA MODALIDAD PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN DEL FONDO SOLIDARIO DE VIVIENDA PARA LA REGIÓN METROPOLITANA

    Santiago, 2 de septiembre de 2009.- Hoy se resolvió lo que sigue:

    Núm. 6.357 exenta.- Vistos:

1)  El D.S Nº 174 (V. y U.), de 2005, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Fondo Solidario de Vivienda.
2)  La resolución exenta Nº 8.433, de fecha 19 de diciembre de 2008, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y sus modificaciones, que autoriza el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes a los llamados que se efectúen durante el año 2009 y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el D.S. Nº 174 (V. y U.), de 2005;
3)  El oficio Nº 650, de fecha 6 de agosto de 2009, del Director Serviu de la Región Metropolitana, solicitando la autorización para la realización de un llamado del Programa Fondo Solidario de Vivienda, en condiciones especiales, para atender a las familias de la comuna de La Florida, cuyas viviendas han sido gravemente afectadas por la acción de termitas, y

    Considerando:

    1) La necesidad de dar solución habitacional a las familias cuyas viviendas han sido gravemente afectadas por la acción de termitas en la comuna de La Florida, Región Metropolitana;
    2) La facultad que me confiere el inciso sexto del artículo 34 del D.S. Nº 174 (V. y U.), 2005, de efectuar llamados a concurso en condiciones especiales, dicto la siguiente

    Resolución:

    1º.- Llámase a concurso en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Programa Fondo Solidario de Vivienda, para el desarrollo de Proyectos de Construcción, modalidad Construcción en Sitio Propio, en la comuna de La Florida, Región Metropolitana.
    LResolución 9021 EXENTA,
VIVIENDA
D.O. 19.12.2009
os proyectos deberán contar con Certificado de Calificación al último día hábil de cada mes, a partir del mes de septiembre, hasta el 21 de diciembre del año 2009. De consiguiente, se efectuarán procesos de selección y/o preselección, con los proyectos previamente calificados hasta la fecha antes mencionada.

    2º.- Los proyectos podrán participar acreditando la inhabitabilidad total o parcial, producto de la acción de termitas, de la actual vivienda del postulante, con el certificado correspondiente extendido por la autoridad competente.
    En los casos en que la vivienda sea declarada parcialmente inhabitable, el monto del subsidio al que se postulará será determinado de acuerdo al presupuesto del proyecto, que deberá presentarse conforme a lo señalado en el artículo 16, D.S. Nº 174, de 2005, con un máximo de 200 UF.
    En el caso de inhabitabilidad total, el monto máximo del subsidio a otorgar corresponderá al definido para los proyectos de construcción en la comuna de La Florida en el artículo 3º del citado decreto.

    3º.- El valor de las viviendas a cuya construcción se destinará el subsidio que otorgará este llamado especial podrá exceder las 650 UF, establecidas como valor máximo de las viviendas objeto del programa Fondo Solidario de Vivienda, en el artículo 1, del D.S. Nº174, de 2005.

    4º.- La Comisión Técnica Evaluadora deberá velar porque los proyectos postulantes cumplan las demás condiciones establecidas en el D.S. Nº 174 (V. y U.), de 2005, para obtener la calificación que corresponda para su participación en este llamado.
    En particular, la Comisión Técnica Evaluadora deberá velar porque los proyectos postulantes consideren la implementación de las medidas necesarias para detener los daños causados por la acción de las termitas y para evitar que afecten a futuro las viviendas u obras a construir.

    5º.- A excepción de las condiciones especiales señaladas en esta resolución, para participar en este llamado a concurso se deberá cumplir con todos los requisitos, condiciones y exigencias señaladas en el D.S. 174 (V. y U.), de 2005.

    6º.- Los recursos involucrados para la selección de los proyectos postulantes al llamado a concurso dispuesto en el número 1º de esta resolución serán los siguientes:

Región          Recursos (UF)

Metropolitana      47.500

    7º.- El número de proyectos seleccionados y preseleccionados alcanzará hasta el número de subsidios susceptibles de financiar con los recursos previstos en la tabla anterior, incluidos sus respectivos servicios de asistencia técnica, subsidio diferenciado de localización, si corresponde, e inspección técnica de obras.

    8º.- Mediante resoluciones de la Ministra de Vivienda y Urbanismo, que se publicarán en el Diario Oficial, se aprobarán las nóminas de los proyectos seleccionados y preseleccionados. La difusión de dichas nóminas podrá realizarse en un diario de circulación regional o nacional u otro medio de comunicación pública.



    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Patricia Poblete Bennett, Ministra de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Paulina Saball Astaburuaga, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.