Establece la Ley General de Educación (LGE).

La Ley General de Educación representa el marco para una nueva institucionalidad de la educación en Chile. Deroga la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza (LOCE) en lo referente a la educación general básica y media (mantiene la normativa respecto a la educación superior). Establece principios y obligaciones y promueve cambios en la manera en que los niños de nuestro país serán educados.

Los principios que inspiran esta ley, además de los establecidos en la Constitución de la República de Chile y los tratados internacionales, son: universalidad y educación permanente; calidad de la educación; equidad; autonomía; diversidad; responsabilidad; participación; flexibilidad; transparencia; integración; sustentabilidad e interculturalidad.

Establece que la educación básica comprenderá de 1° a 6° año, y la educación media tendrá 6 años en vez de cuatro (cuatro de formación general y dos de formación diferenciada). Este cambio curricular entrará en vigencia el 2017.

Respecto a la educación parvularia, garantiza, de parte del Estado, el acceso gratuito y el financiamiento fiscal para el primer y segundo nivel de transición (pre kinder y kinder).

Con esta ley, los sostenedores de los establecimientos educacionales no podrán ser personas naturales, sólo personas jurídicas de derecho público, tales como las municipalidades y otras entidades creadas por ley o de derecho privado, las cuales a partir de 2011 deberán dedicarse exclusivamente a la educación, que será su objeto social único.

A fin de controlar la calidad de la educación, el Estado crea un Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación, que deberá encargarse de mantener los estándares de calidad a través de cuatro instituciones: Ministerio de Educación y las nueves instituciones que se crearán, Consejo Nacional de Educación; Agencia de Calidad de la Educación y la Superintendencia de Educación.

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    Artículo 3º.- El sistema educativo chileno se construye sobre la base de los derechos garantizados en la Constitución, así como en los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes y, en especial, del derecho a la educación y la libertad de enseñanza. Se inspira, además, en los siguientes principios:

    a) Universalidad y educación permanente. La educación debe estar al alcance de todas las personas a lo largo de toda la vida.
    b) Calidad de la educación. La educación debe propender a asegurar que todos los alumnos y alumnas, independientemente de sus condiciones y circunstancias, alcancen los objetivos generales y los estándares de aprendizaje que se definan en la forma que establezca la ley.
    c) Equidad del sistema educativo. El sistema propenderá a asegurar que todos los estudiantes tengan las mismas oportunidades de recibir una educación de calidad, con especial atención en aquellas personas o grupos que requieran apoyo especial.
    d) Autonomía. El sistema se basa en el respeto y fomento de la autonomía de los establecimientos educativos. Consiste en la definición y desarrollo de sus proyectos educativos, en el marco de las leyes que los rijan.
    e) Diversidad. El sistema debe promover y respetar la diversidad de procesos y proyectos educativos institucionales, así como la diversidad cultural, religiosa y social de las poblaciones que son atendidas por él.
    f) Responsabilidad. Todos los actores del proceso educativo deben cumplir sus deberes y rendir cuenta pública cuando corresponda.
    g) Participación. Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a ser informados y a participar en el proceso educativo en conformidad a la normativa vigente.
    h) Flexibilidad. El sistema debe permitir la adecuación del proceso a la diversidad de realidades y proyectos educativos institucionales.
    i) Transparencia. La información desagregada del conjunto del sistema educativo, incluyendo los ingresos y gastos y los resultados académicos debe estar a disposición de los ciudadanos, a nivel de establecimiento, comuna, provincia, región y país.
    j) Integración. El sistema propiciará la incorporación de alumnos de diversas condiciones sociales, étnicas, religiosas, económicas y culturales.
    k) Sustentabilidad. El sistema fomentará el respeto al medio ambiente y el uso racional de los recursos naturales, como expresión concreta de la solidaridad con las futuras generaciones.
    l) Interculturalidad. El sistema debe reconocer y valorar al individuo en su especificidad cultural y de origen, considerando su lengua, cosmovisión e historia.