PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS POR VÍAS QUE SEÑALA Y DÍAS QUE INDICA

    Núm. 901 exenta.- Antofagasta, 29 de septiembre de 2009.- Visto: La ley Nº 18.059; los artículos 102, 113, 117 y 118 de la ley Nº 18.290, de Tránsito; el decreto supremo Nº 83 de 1985 y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, sobre Redes Viales Básicas, y las resoluciones Nºs. 59 de 1985 y 39 de 1992, todas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; oficio sin número del 22 de septiembre de 2009 de la señora María Cristina Suárez Choppelo, que adjunta Oficio C.M. Nº 277/2009 del 21 de septiembre de 2009 y Plano, ambos del Director de Tránsito y Transporte Público de la Ilustre Municipalidad de Antofagasta; y demás normativa aplicable.

    Considerando:

    1.- Oficio de la Empresa Contratista María Cristina Suárez Choppelo, Rol Único Tributario 6.254.691-3, con domicilio en avenida Mejillones 5232, ciudad de Antofagasta, a cargo de la ejecución de obra "Reposición de Aceras, Sector Centro III Etapa, Antofagasta", cuyo mandante es la Municipalidad de Antofagasta, y que solicita la suspensión del tránsito vehicular por una pista de la calzada de diferentes calles de la ciudad de Antofagasta.

    2.- Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 118º de la ley Nº 18.290 para disponer la medida que se establece en el resuelvo del presente acto administrativo.

    Resuelvo:

    1) Prohíbese la circulación de todo vehículo motorizado en las diferentes calles de la ciudad de Antofagasta que se indican a continuación:

        Calles                              Fecha
       
Uribe pista sur desde Balmaceda
hasta Avenida Argentina            30/9/2009 al 10/3/2010
Uribe pista norte desde Balmaceda
hasta Avenida Argentina            5/10/2009 al 22/3/2010
Maipú pista Sur desde Balmaceda
hasta Avenida Argentina            30/9/2009 al 22/3/2010
Maipú pista Norte desde Balmaceda
hasta Avenida Argentina            30/9/2009 al 22/3/2010
Washington pista Poniente desde
Prat hasta Uribe                    9/11/2009 al 1/2/2010
Washington pista Oriente desde
Prat hasta Uribe                    5/10/2009 al 11/1/2010
San Martín pista Poniente desde
Baquedano hasta Uribe              22/10/2009 al 4/1/2010
San Martín pista Oriente desde
Baquedano hasta Uribe              30/9/2009 al 11/11/2009
Pasaje Argomedo pista Poniente
desde Avenida Balmaceda
hasta Washington                  5/10/2009 al 11/11/2009
Pasaje Argomedo pista Oriente
desde Avenida Balmaceda
hasta Washington                  11/11/2009 al 20/12/2009
Pasaje Isaac Arce pista Poniente
desde Avenida Balmaceda
hasta Washington                  5/10/2009 al 11/11/2009
Pasaje Isaac Arce pista Oriente
desde Avenida Balmaceda
hasta Washington                  11/11/2009 al 20/12/2009
Latorre, Condell, Matta, Ossa,
14 de Febrero, Esmeralda y
Avenida Argentina, entre calles
Maipú y Uribe, pista Poniente        5/11/2009 al 5/4/2010
Latorre, Condell, Matta, Ossa,
14 de Febrero y Esmeralda, entre
calles Maipú y Uribe, pista
Oriente                              30/9/2009 al 5/4/2010

    2) La I. Municipalidad de Antofagasta, Dirección de Tránsito y Transporte Público, dispondrá las desviaciones de tránsito y las señalizaciones adecuadas y necesarias al efecto, y las fiscalizaciones para el estricto cumplimiento de las normas de tránsito y de los plazos concedidos para el desarrollo de los trabajos programados, debiendo dar cumplimiento de lo indicado en ord. Nº 277/2009 y plano adjunto, que forman parte integrante de la presente resolución.
    3) El no cumplimiento de las medidas de mitigación, dejará sin efecto esta resolución exenta.
    4) El peticionario deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo Nº 102 de la ley Nº 18.290 de Tránsito.
    5) Las calles mencionadas en el punto 1) deberán ser entregadas para el tránsito público en la fecha indicada o antes, si el desarrollo de los trabajos programados así lo permitiera. Carabineros de Chile y la Dirección de Tránsito y Transporte Público Municipal dispondrán las medidas necesarias al efecto.
    6) Por razones impostergables de buen servicio, la presente resolución se aplica desde la dictación de la resolución.

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Humberto Araya Pizarro, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región de Antofagasta.