Artículo 196 octies.- El que lesione, en razón del ejercicio de sus funciones a un Ley 21816
Art. 1 Nº 10
a) y b)
D.O. 02.06.2026inspector municLey 21083
Art. 1 N° 5
D.O. 05.04.2018ipal, inspector fiscal del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, al personal de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado y sus filiales, o de Metro S.A., que realicen servicios de fiscalización, o a quienes sean contratados por empresas operadoras de servicios de transporte público para realizar labores de verificación de pago de tarifa o a quienes sean conductores de dichos servicios, será sancionado con la pena asignada al delito correspondiente, aumentada en un grado.
Art. 1 Nº 10
a) y b)
D.O. 02.06.2026inspector municLey 21083
Art. 1 N° 5
D.O. 05.04.2018ipal, inspector fiscal del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, al personal de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado y sus filiales, o de Metro S.A., que realicen servicios de fiscalización, o a quienes sean contratados por empresas operadoras de servicios de transporte público para realizar labores de verificación de pago de tarifa o a quienes sean conductores de dichos servicios, será sancionado con la pena asignada al delito correspondiente, aumentada en un grado.
Asimismo, el que amenace a las personas señaladas en el inciso anterior, en los términos de los artículos 296 o 297 del Código Penal, en razón del ejercicio de sus funciones, será sancionado con la pena asignada al delito correspondiente, aumentada en un grado.