CREA Y REGLAMENTA EL SERVICIO POSTAL DENOMINADO "SERVICIO COURIER DE CORREOSCHILE" PARA EL ÁMBITO INTERNACIONAL DE ENTRADA

    Núm. 93 exenta.- Santiago, 15 de octubre de 2009.- Vistos y Considerando: El artículo 2º del DFL Nº 10, de 1981, y el artículo 5º del decreto Nº 642, de 2004, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Telecomunicaciones; el decreto Nº 5.037, de 1960, y el decreto Nº 748, de 1962, ambos del Ministerio del Interior; el Acuerdo Nº 105/2008, del Directorio de la Empresa de Correos de Chile, adoptado en la Sesión Vigésima Segunda Ordinaria, de fecha 11 de diciembre de 2008; la resolución Nº1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y en uso de las facultades que me confiere la resolución Nº 1, de 2002, y la resolución exenta Nº 15, de 2006, ambas de la Empresa de Correos de Chile, dicto la siguiente,

    Resolución:

    I.- Créase y reglaméntase el servicio postal de "Servicio Courier de CorreosChile" para el ámbito internacional de entrada que consiste en la admisión en país extranjero, según cobertura, el encaminamiento, la distribución y entrega de encomiendas y paquetes, en tiempos definidos, en el territorio nacional, con seguimiento en línea y prueba de entrega.

1.- Características del servicio:

    Mercado de empresas.
-    Servicio para el ámbito internacional de entrada.
-    Entrega en tiempos definidos.
-    Seguimiento en línea.
-    Entrega en sucursal y en domicilio según cobertura de distribución domiciliaria.
-    La entrega se realiza con registro de nombre y firma de quien recibe, cualquier persona mayor de 18 años.
-    La entrega se realiza previo pago de los derechos arancelarios, impuestos y otros cargos relacionados, si corresponde, conforme a la legislación nacional.
-    El no pago de estos derechos e impuestos por parte del destinatario impedirá la entrega del envío.

3.- Intentos de Entrega y Devoluciones.

Los envíos de importación serán entregados al destinatario en la sucursal de destino o en su domicilio una vez comprobado el pago de impuestos, derechos de aduana y otros cargos relacionados con la internación, que correspondieran. Se realizarán hasta dos intentos de entrega y se dejará un aviso de visita cada vez que se haga un intento de entrega que no resulte en una entrega efectiva. El cliente podrá contactarse con el Servicio a Clientes para solicitar un nuevo intento, o bien el Servicio a Clientes hará las gestiones por vía telefónica para coordinarlo.
Los envíos que no puedan ser entregados al destinatario luego de estos intentos y gestiones, y que no deban cancelar impuestos y derechos de aduana, permanecerán por un plazo máximo de 60 días corridos en custodia de CorreosChile. Luego de cumplido este plazo, serán enviados a rezago.
Los envíos que deban cancelar impuesto y derechos de aduana que no puedan ser entregados al destinatario por rehusar su pago, o por otra razón que impida su entrega, permanecerán por un plazo máximo de 15 días corridos, contados desde la revisión realizada por Aduana, en custodia del proveedor de courier internacional hasta gestionar su liberación. Cumplido este plazo, serán devueltos a Aduana para que disponga según corresponda a la legislación del Servicio Nacional de Aduanas.
[Los envíos que deban cancelar impuesto y derechos de aduana que no puedan ser entregados al destinatario por rehusar su pago, o por otra razón que impida su entrega, permanecerán por un plazo máximo de 15 días corridos, contados desde la revisión realizada por Aduana, en custodia del proveedor de courier internacional hasta liberarse tras el pago. Luego de cumplido este plazo, serán devueltos a Aduana para que disponga según corresponda a la legislación del Servicio Nacional de Aduanas]

4.- Tiempos de Entrega.

Entre 2 y 7 días hábiles contados desde que se hace efectivo el retiro en domicilio de origen, dependiendo de origen y destino hasta su llegada a Aeropuerto.
En caso de envíos sujetos a pagos de derechos de internación el tiempo de tránsito dependerá directamente del pago de los mismos.

5.- Límites de Peso y Dimensiones.

Peso máximo: 30 kilos, con una tolerancia de 10% en caso de envíos indivisibles.
Peso volumétrico: 200 kilos por metro cúbico.
Dimensiones máximas: Largo más ancho más alto: 3 metros, con una tolerancia de 30 centímetros para envíos indivisibles; lado máximo 2 metros, con una tolerancia de 10 centímetros.

6.- Cobertura de Admisión.

-    Admisión vía solicitud de importación al Servicio de Atención a Clientes Courier.
-    El origen de los envíos debe corresponder a un país considerado en la cobertura de retiro.

7.-Indemnizaciones.

Cuando un envío se extravíe, sufra averías o sea despojado de su contenido o de parte de él, el remitente tendrá derecho a que la Empresa de Correos de Chile le pague una indemnización según las variables que se indican a continuación:

7.1.- 100% del monto real de la pérdida, avería o despojo, con un tope de 35 UF, siempre que en la guía de admisión del envío haya sido declarado fehacientemente su contenido, su valor y se haya registrado el número de boleta, factura o guía de despacho en las que el valor se encuentre consignado.
7.2.- 100% del monto real de la pérdida, avería o despojo, con un tope de 25 UF, siempre que en la guía de admisión del envío haya sido declarado el valor de su contenido y se haya registrado el número de boleta, factura o guía de despacho.
7.3.- 100% del monto real de la pérdida, avería o despojo, con un tope de 25 UF, siempre que en la guía de admisión del envío haya sido declarado fehacientemente su contenido y su valor.
7.4.- Devolución del valor del franqueo con un tope de 3 UF cuando en la guía de admisión del envío:
7.4.1.- Sólo se ha declarado el contenido del envío y se ha registrado el número de boleta, factura o guía de despacho.
7.4.2.- Sólo se ha declarado el contenido del envío.
7.4.3.- Sólo se ha registrado el número de la boleta, factura o guía de despacho.
7.4.4.- Sólo se ha declarado el valor del contenido del envío.
7.4.5.- No se ha registrado ningún antecedente del envío.

8.- Prohibiciones y Restricciones.

Quedan excluidos de los servicios de la Empresa de Correos de Chile todos aquellos envíos cuyo contenido se encuentre prohibido por la legislación y reglamentación vigentes.

    II.- La presente resolución exenta empezará a regir a contar de la fecha de su publicación.

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Patricio Tapia Santibáñez, Gerente General Empresa de Correos de Chile.