MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL 1900 A LA EMPRESA ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A.
Santiago, 5 de octubre de 2009.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 792 exento.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
c) La resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
d) La resolución exenta Nº 1.117 de 25.10.95, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija la Norma Técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900.
e) El decreto supremo Nº 145 de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 25.891 de 30.04.2008, complementada por ingreso Subtel Nº 38.069 de 14.07.2009 e ingreso Subtel Nº 47748 de 09.09.2009.
b) La resolución exenta Nº 1.893 de 22.04.2009, que rechazó la oposición interpuesta por el señor Isaac Alterman Carvallo, se encuentra firme o ejecutoriada.
c) La resolución exenta Nº 959 de 28.07.2009, que rechazó la oposición interpuesta por el señor Oscar Sumonte González, Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Concón, se encuentra firme o ejecutoriada.
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900, otorgada a la empresa Entel PCS Telecomunicaciones S.A., RUT Nº 96.806.980-2, con domicilio en Av. Andrés Bello Nº 2711, Piso 14, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar veintitrés (23) Estaciones Base.
VER DIARIO OFICIAL DE 09.11.2009, PÁGINA 20.
Las Estaciones Base que se autorizan, se conectarán a la red existente a través de medios propios o arrendados a terceros debidamente autorizados.
2. Los plazos serán los que se indican a continuación.
VER DIARIO OFICIAL DE 09.11.2009, PÁGINA 20.
3. Apruébase el proyecto técnico presentado por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
4. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, René Cortázar Sanz, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Nelson Donoso Yantén, Jefe División Concesiones.