Modifícase el artículo 3º del decreto supremo Nº 1.230, de 1989, del Ministerio de Hacienda, reemplazándose en los números 16 y 17 de la letra D y en el número 5 de la letra J, el texto de la columna "Operaciones Aduaneras", por el siguiente: "Paso de personas e importación, exportación y tránsito de graneles líquidos y gaseosos".