APRUEBA PLAN REGULADOR DE SAN PABLO
Núm. 119 afecta.- Puerto Montt, 5 de octubre de 2009.- Vistos:
a) El decreto exento 2.398, de fecha 20/08/2009, de la I. Municipalidad de San Pablo, por el cual se aprueba el Plan Regulador de San Pablo;
b) El oficio Nº 7.284, de fecha 14/09/2009, de la Contraloría Regional de Los Lagos, por el cual se devolvió sin tramitar la resolución afecta Nº 102/2009, de este Gobierno Regional, que aprobaba el Plano Regulador de San Pablo, por las razones allí expuestas;
c) La resolución exenta Nº 869, de fecha 22/06/2009, de la Seremi de Vivienda y Urbanismo, mediante la cual informa favorablemente los documentos del Plan Regulador de San Pablo;
d) El certificado Nº 116, de 26/06/09, del Secretario Ejecutivo del CORE, que informa que en la sesión ordinaria Nº 12, celebrada con fecha 24/06/09, el Consejo Regional de Los Lagos aprobó el Plan Regulador Comunal de la Comuna de San Pablo, y
e) Lo dispuesto en los arts. 43, 44, 45 y 46 del DFL Nº 458 (V y U), de 1976, Ley General de Urbanismo y Construcciones; lo señalado en los arts. 2.1.7 y 2.1.13 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, aprobada por D.S. Nº 47 (V y U), de 1992; lo establecido en los arts. 24 letra "o" y 36 letra "c" de la ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, y en la resolución Nº 1.600/2008, de la Contraloría General de la República, y el D.S. 70, del 4 de enero de 2008, de Interior, que me designa como Intendente Regional.
Resuelvo:
1.- Apruébese el Plan Regulador Comunal de San Pablo, Comuna de San Pablo, Provincia de Osorno, documento elaborado por la I. Municipalidad de San Pablo;
2.- El texto del decreto que promulga el Plan Regulador Comunal de la Comuna de San Pablo, que se aprueba en el punto anterior, es el siguiente:
Apruébese: En forma unánime el "Plan Regulador Comunal de San Pablo", de acuerdo a lo acordado en la Sesión Ordinaria Nº 25, del 13 de agosto de 2009, del Concejo Municipal de San Pablo.
3.- Posterior a la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, la I. Municipalidad de San Pablo publicará un extracto de la presente resolución en algún periódico de los de mayor circulación en la comuna. Asimismo, deberá archivar en el Conservador de Bienes Raíces de la comuna los planos que contienen la proposición aprobada.
Tómese razón, anótese, comuníquese y publíquese.- Sergio Galilea Ocon, Intendente Región de Los Lagos.