PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS POR VÍAS QUE SE SEÑALAN Y DÍAS QUE SE INDICAN
Núm. 906 exenta.- Antofagasta, 30 de septiembre de 2009.- Visto: La ley Nº 18.059; los artículos 102, 113, 117 y 118 de la ley Nº 18.290, de Tránsito; el decreto supremo Nº 83, de 1985, y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, sobre Redes Viales Básicas, y las resoluciones Nºs. 59, de 1985, y 39, de 1992, todas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; oficios EBC.2009-097, del 29 de julio 2009, de la Empresa Consultora EBC Ingeniería Ltda., que adjunta Ord. Nº 443/2009 del Director de Tránsito y Transporte Público de la Ilustre Municipalidad de Antofagasta, y oficio EBC.2009-099, del 2 de septiembre de 2009, que adjunta Ord. 510/2009, y Memorándum Nº 056, del 1 de septiembre de 2009, y planos, todos del Director de Tránsito y Transporte Público de la Ilustre Municipalidad de Antofagasta; Ord. Nº 1.026, del 10 de agosto de 2009, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, y demás normativa aplicable.
Considerando:
1.- Oficios EBC.2009-097 y EBC.2009-099 del Sr. Elvis Bojórquez Cervantes, representante de la empresa Consultora EBC Ingeniería Ltda., RUT 76.003.763-K, domicilio Avenida Argentina 02540, Torre 2, departamento 904, Antofagasta, que solicita suspensión de tránsito vehicular en Montegrande, entre Rendic y Oviedo Cavada; Cobija, entre Rendic y Castro; Aysén, entre Paihuano y Montegrande; Leonora Latorre, entre Edo. Vera Pintado y Martin Luther King; Fresia, entre Freirina y Centenario; Nitratos, entre Huamachuco e Interior Oriente; Pasaje Pérez Bretti, entre Félix García y Francisco Errázuriz; Eduardo Foster, entre Félix García y Vladimir Saavedra; Los Granitos, entre Los Quarzos e Interior; Pasaje Río Bueno, entre Pantaleón Cortés y Mateo de Toro y Zambrano; Ana María Ibaceta, entre Pantaleón Cortés y Vilma; Pasaje Juan Glasinovic, entre Ana María Ibaceta y Pasaje Río Bueno, y Venezuela, entre Santa Fe y Pasaje Andacollo, de la ciudad de Antofagasta, obra que durará hasta el mes de diciembre de 2009, y trabajos que se realizarán entre las 8:00 y 18:00 horas, proyecto denominado LP Nº 16/2009 "Pavimentación Participativos Comuna de Antofagasta 18º Proceso 2009, 1º Contrato", cuyo mandante es SERVIU y la constructora Ecomar Ltda., RUT 81.714.500-0, domicilio Pablo Neruda 1025, Alto La Chimba, Antofagasta, es la que realizará los trabajos.
2.- Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 118 de la ley Nº 18.290 para disponer la medida que se establece en el resuelvo del presente acto administrativo.
Resuelvo:
1) Prohíbese la circulación de todo vehículo motorizado en las diferentes calles de la ciudad de Antofagasta, en fechas que se indican, entre las 8:00 y 18:00 horas.
PROGRAMACIÓN DE SUSPENSIÓN DE TRÁNSITO VEHICULAR:
Nº Fechas Calles
1 1 al 15 de octubre 2009 Montegrande, entre
Rendic y Oviedo Cavada
2 1 al 15 de octubre 2009 Cobija, entre Rendic y
Castro
3 1 al 15 de octubre 2009 Aysén, entre Paihuano y
Montegrande
4 1 de octubre al 7 de
diciembre 2009 Leonora Latorre, entre
Edo. Vera Pintado y
Martin Luther King
5 1 de octubre al 10 de
diciembre 2009 Fresia, entre Freirina
y Centenario
6 1 de octubre al 10 de
diciembre 2009 Nitratos, entre
Huamachuco e Interior
Oriente
7 1 de octubre al 10 de
diciembre 2009 Pasaje Pérez Bretti,
entre Félix García y
Francisco Errázuriz
8 1 de octubre al 10 de
diciembre 2009 Eduardo Foster, entre
Félix García y Vladimir
Saavedra
9 1 de octubre al 10 de
diciembre 2009 Los Granitos, entre Los
Quarzos e Interior
10 23 de noviembre al 31
de diciembre 2009 Pasaje Río Bueno, entre
Pantaleón Cortés y
Mateo de Toro y
Zambrano
11 23 de noviembre al 31
de diciembre 2009 Ana María Ibaceta,
entre Pantaleón Cortés
y Vilma
12 23 de noviembre al 31
de diciembre 2009 Pasaje Juan Glasinovic,
entre Ana María Ibaceta
y Pasaje Río Bueno
13 1 de octubre al 31 de
diciembre 2009 Venezuela, entre Pasaje
Santa Fe y Pasaje
Andacollo
2) La I. Municipalidad de Antofagasta, Dirección de Tránsito y Transporte Público, dispondrá las desviaciones de tránsito y las señalizaciones adecuadas y necesarias al efecto, y las fiscalizaciones para el estricto cumplimiento de las normas de tránsito y de los plazos concedidos para el desarrollo de los trabajos programados, debiendo dar cumplimiento de lo indicado en Ord. Nº 510, del 1 de septiembre de 2009, que adjunta Memorándum Nº 056, del 1 de septiembre de 2009, todos de la Dirección de Tránsito y Transporte Público de la Ilustre Municipalidad de Antofagasta, documentos que forman parte integrante de la presente resolución.
3) El no cumplimiento de las medidas de mitigación dejará sin efecto esta resolución exenta.
4) El peticionario deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo Nº 102 de la ley Nº 18.290 de Tránsito.
5) Las calles mencionadas en el punto 1) deberán ser entregadas para el tránsito público en la fecha indicada o antes, si el desarrollo de los trabajos programados así lo permitiera. Carabineros de Chile y la Dirección de Tránsito y Transporte Público Municipal dispondrán las medidas necesarias al efecto.
6) Por razones impostergables de buen servicio, la presente resolución se aplica desde la dictación de la resolución.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Humberto Araya Pizarro, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región de Antofagasta.