Artículo 10.- Todo establecimiento de atención de salud que genere más de una tonelada mensual de residuos especiales deberá presentar, ante la respectiva autoridad sanitaria, un Plan de Manejo de Residuos de Establecimientos de Atención de Salud dentro del plazo de seis meses contados desde su inicio de actividades, desde que alcanzan dicha cantidad o desde la entrada en vigencia del presente reglamento. Estos establecimientos deberán designar a un responsable de la ejecución del plan y del desempeño del personal encargado del manejo de los residuos.
    El Plan deberá incluir todos los procedimientos técnicos y administrativos necesarios para dar cumplimiento a las disposiciones del presente reglamento y lograr que el manejo interno y la eliminación de los residuos se haga con el menor riesgo posible. Dicho plan deberá contemplar al menos los siguientes aspectos:

1.-  Estimación de la cantidad diaria generada de REAS en cada servicio o zona del establecimiento, desagregada según las categorías señaladas en el artículo 3.
2.-  Planos simplificados del establecimiento indicando la ubicación de:

    a.  los sitios designados para la colocación de los contenedores en las zonas de generación;
    b.  sala de almacenamiento;
    c.  recorridos de recolección; y
    d.  instalación de eliminación, si corresponde.

3.-  Los procedimientos de manejo interno de los REAS, incluyendo segregación, transporte interno y almacenamiento para cada una de las categorías de REAS que se generen en el establecimiento. Además, se deberán establecer los procedimientos, de acuerdo a dichas categorías, para su entrega a terceros autorizados para su transporte o eliminación y los procedimientos de procesamiento, según las categorías de REAS a procesar, en caso de contar con una instalación de eliminación en el lugar.
4.-  Sistema de registro de contenedores con residuos que ingresan al sitio de almacenamiento, que incluya para cada uno de ellos la siguiente información:

    •  servicio o zona de generación;
    •  categoría de residuos;
    •  cantidad almacenada;
    •  fecha de ingreso a la sala de almacenamiento; y
    •  fecha de envío y cantidad despachada a eliminación.

5.-  Definición del perfil y obligaciones del responsable y demás personal a cargo de la implementación del plan.
6.-  Programa de capacitación para el personal encargado del manejo de REAS.
7.-  Programa de vigilancia de salud para el personal encargado del manejo de REAS.
8.-  Plan de contingencias.