Artículo 42.- Las emergencias asociadas a derrame de residuos especiales, que ocurran durante el transporte, deberán ser controladas mediante un procedimiento que, al menos, considere lo siguiente:
1.- El conductor deberá dar aviso inmediato de la contingencia ocurrida a las autoridades indicadas en el punto Nº 6 del artículo anterior.
2.- Deberán utilizarse los equipos de protección personal de acuerdo a los residuos transportados (por ejemplo uso de guantes y pechera plástica).
3.- Deberá delimitarse la zona del derrame.
4.- Deberán recogerse los líquidos con material absorbente.
5.- Se deberán recuperar los residuos derramados en bolsas o contenedores especiales.
6.- Todo el material utilizado y los residuos recuperados deberán ser manejados como residuos especiales.