Artículo 3º.- En el cumplimiento de sus funciones esta Comisión deberá:
    a) Establecer un cronograma de trabajo, asociando plazos definidos a cada objetivo previamente determinado.
    b) Proponer los mecanismos internos o los términos de referencia, necesarios para la selección de la entidad encargada de la actualización de las monografías de medicamentos contenidas en el Formulario Nacional o que se proponga incorporar en el futuro y evaluar las propuestas de dicho servicio.
    c) Proponer los mecanismos necesarios que permitan detectar la falta o inexistencia en el mercado farmacéutico de los medicamentos contenidos en el Formulario Nacional.
    d) Proponer los procedimientos para recolectar y evaluar las propuestas de incorporación o eliminación de medicamentos al listado de Formulario Nacional enviadas desde los establecimientos de la red asistencial u otras entidades.