DEROGA DECRETOS SOBRE "ZONIFICACIÓN Y HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DE LOS NEGOCIOS DE EXPENDIO Y CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS DE LOS BARRIOS UNIVERSITARIO, AILLAVILÚ Y BRASIL"
Secc. 2da. Núm. 82.- Santiago, 15 de enero de 2010.- Considerando:
La necesidad de conciliar los legítimos intereses de tranquilidad y seguridad pública de los vecinos, residentes, transeúntes y de todos aquellos que habitualmente concurren pacíficamente a estudiar o trabajar a nuestra comuna, con los intereses también legítimos de aquellos contribuyentes que realizan una actividad económica relacionada con el expendio de bebidas alcohólicas en los denominados barrios Universitario, Aillavilú y Brasil, especialmente de quienes desarrollan un giro gastronómico, hotelero o de sano esparcimiento, respetando las normas legales que las regulan, específicamente la Ley Nº 19.925, sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas.
La necesidad de fijar a través de las respectivas ordenanzas un horario de funcionamiento de los establecimientos o negocios, pero sólo respecto del expendio de bebidas alcohólicas, excluyéndose de éstas otros giros o actividades desarrolladas por tales establecimientos, de conformidad lo dispone el artículo 1º, de la citada Ley Nº 19.925, tomando en consideración las distintas características y necesidades que presentan los mencionados barrios como dispone el artículo 21º, inciso final de este cuerpo legal.
Los problemas de fiscalización que ha supuesto la modificación de las ordenanzas respectivas de zonificación y fijación horaria, como consecuencia de la errada interpretación normativa de los fiscalizadores, y
De acuerdo a las facultades conferidas al H. Concejo Municipal, de conformidad a lo que dispone el artículo 79º, letra b), en relación al artículo 65º, letra k), de la Ley Nº18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades,
Decreto:
1.- Deróganse los decretos sección 2da. Nºs 1.545, 1.546 y 1.547, todos de fecha 28 de septiembre de 2009, por los que se modificaron las ordenanzas Nºs 98, 100 y 101, de fechas 8 de octubre de 2004 y 30 de junio de 2005, respectivamente, sobre "Zonificación y Horario de Funcionamiento de los Negocios de Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas de los Barrios Universitario, Aillavilú y Brasil", efectuadas mediante los acuerdos Nºs 231, 232 y 233, de 23 de septiembre de 2009.
2.- Déjase establecido que las derogaciones anteriores interrumpen y finiquitan la tramitación administrativa de los acuerdos Nºs 308 y 309, de fecha 9 de diciembre de 2009.
El Alcalde.
Lo que comunico a Ud. para los fines consiguientes.- Saluda atentamente a Ud., Alfredo Egaña Respaldiza, Secretario Municipal.