MODIFICA REQUISITOS ESPECÍFICOS DE INGRESO Y PROMOCIÓN DE LA PLANTA DE PERSONAL DE LA SUBSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Núm. 270.- Santiago, 10 de noviembre de 2009.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 64 de la Constitución Política de la República y la facultad que me confiere el artículo 34 de la ley Nº 20.313, dicto el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
Artículo único.- Modifícanse los requisitos específicos para el ingreso y promoción en la planta del personal y cargos de la Subsecretaría de Obras Públicas, establecidos en el decreto con fuerza de ley Nº 135, de 1991, del Ministerio de Obras Públicas, por los siguientes:
Jefe de Gabinete Ministro; Secretarios Regionales Ministeriales; Jefe División Administración y Secretaría General; Jefe División de Recursos Humanos y Jefe Gabinete Subsecretario:
Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración.
Jefes de Departamento grado 4º, alternativamente:
i.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 5 años; o
ii.- Título profesional de una carrera de 8 o 9 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 6 años.
DIRECTIVOS
Directivos grado 6º, alternativamente:
i.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 4 años; o
ii.- Título profesional de una carrera de 8 o 9 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 6 años.
Directivos grado 7º, alternativamente:
i.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 3 años; o
ii.- Título profesional de una carrera de 8 o 9 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 5 años.
Directivos grado 9º, alternativamente:
i.- Título de Técnico de Nivel Superior otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste y experiencia laboral como Técnico de Nivel Superior de 9 años como mínimo; o
ii.- Título de Técnico de Nivel Medio y desempeño de, a lo menos, 10 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Técnicos; o
iii.-Desempeño de, a lo menos, 10 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Administrativos y haber aprobado curso de gestión directiva de, a lo menos, 60 horas o haber aprobado 60 horas, a lo menos, de capacitación pertinente durante los 3 años inmediatamente anteriores al concurso; o
iv.- Desempeño de, a lo menos, 4 años en cargos de la Planta de Directivos de la Subsecretaría de Obras Públicas.
Directivos grados 10º y 11º, alternativamente:
i.- Título de Técnico de Nivel Superior otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste y experiencia laboral como Técnico de Nivel Superior de 7 años como mínimo; o
ii.- Título de Técnico de Nivel Medio y desempeño de, a lo menos, 9 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Técnicos; o
iii.-Desempeño de, a lo menos, 9 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Administrativos y haber aprobado curso de gestión directiva de a lo menos 60 horas o haber aprobado 60 horas, a lo menos, de capacitación pertinente durante los 3 años inmediatamente anteriores al concurso; o
iv.- Desempeño de, a lo menos, 2 años en cargos de la Planta de Directivos de la Subsecretaría de Obras Públicas.
Directivos grado 12º, alternativamente:
i.- Título de Técnico de Nivel Superior otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste y experiencia laboral como Técnico de Nivel Superior de 5 años como mínimo; o
ii.- Título de Técnico de Nivel Medio y desempeño de, a lo menos, 7 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Técnicos; o
iii.-Título de Técnico de Nivel Medio y desempeño de, a lo menos, 5 años en cargos de la Planta de Técnicos de la Subsecretaría de Obras Públicas; o
iv.- Estar desempeñándose en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Administrativos por a lo menos, 7 años y haber aprobado curso de gestión directiva de a lo menos 60 horas o haber aprobado 60 horas, a lo menos, de capacitación pertinente durante los 3 años inmediatamente anteriores al concurso de ingreso; o
v.- Estar desempeñándose en cargos de la Planta de Administrativos de la Subsecretaría de Obras Públicas por, a lo menos, 5 años y haber aprobado curso de gestión directiva de, a lo menos, 60 horas o haber aprobado 60 horas, a lo menos, de capacitación pertinente durante los 3 años inmediatamente anteriores al concurso de ingreso.
PROFESIONALES
Grado 4º
Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 5 años.
Grado 5º, alternativamente:
i.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 5 años; o
ii.- Título profesional de una carrera de 8 o 9 semestres de duración, más grado académico de magíster o superior y experiencia profesional mínima de 5 años; o
iii.-Título profesional de una carrera de 8 o 9 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 10 años.
Grado 6º, alternativamente:
i.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 4 años; o
ii.- Título profesional de una carrera de 8 o 9 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 6 años.
Grados 7º al 9º, alternativamente:
i.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 3 años; o
ii.- Título profesional de una carrera de 8 o 9 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 5 años.
Grado 10º, alternativamente:
i.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 1 año; o
ii.- Título profesional de una carrera de 8 o 9 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 2 años.
Grado 11º, alternativamente:
i.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración; o
ii.- Título profesional de una carrera de 8 o 9 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 2 años.
Grado 12º, alternativamente:
i.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración; o
ii.- Título profesional de una carrera de 8 o 9 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 1 año.
Grado 13º
Título profesional de una carrera de 8 o 9 semestres de duración.
TÉCNICOS
Grado 9º
Título de Técnico de Nivel Superior otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste y experiencia laboral como Técnico de Nivel Superior de 5 años como mínimo.
Grados 11º al 14º, alternativamente:
i.- Título de Técnico de Nivel Superior otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste y experiencia laboral como Técnico de Nivel Superior de 4 años como mínimo; o
ii.- Título Técnico de Nivel Medio y experiencia laboral como Técnico de Nivel Medio de 6 años como mínimo.
Grados 15º al 18º, alternativamente:
i.- Título de Técnico de Nivel Superior otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste y experiencia laboral como Técnico de Nivel Superior de 2 años como mínimo; o
ii.- Título Técnico de Nivel Medio y experiencia laboral como Técnico de Nivel Medio de 4 años como mínimo.
Grados 19º al 21º, alternativamente:
i.- Título de Técnico de Nivel Superior otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste; o
ii.- Título Técnico de Nivel Medio y experiencia laboral como Técnico de Nivel Medio de 2 años como mínimo.
Grado 22º:
Título Técnico de Nivel Medio.
ADMINISTRATIVOS
Grados 12º y 13º: Licencia de Enseñanza Media o equivalente y experiencia laboral mínima de 5 años.
Grados 14º al 18º: Licencia de Enseñanza Media o equivalente y experiencia laboral mínima de 3 años.
Grados 19º y 20º: Licencia de Enseñanza Media o equivalente y experiencia laboral mínima de 2 años.
Grados 21º al 24º: Licencia de Enseñanza Media o equivalente.
AUXILIARES
Grado 18º: Licencia de Enseñanza Media o equivalente y experiencia laboral mínima de 3 años.
Grados 19º y 20º: Licencia de Enseñanza Media o equivalente y experiencia laboral mínima de 2 años.
Grados 21º al 27º: Licencia de Enseñanza Media o equivalente.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Artículo transitorio único.- Los funcionarios que a la fecha de la entrada en vigencia del presente decreto con fuerza de ley se encuentren desempeñando cargos de planta o a contrata en la Subsecretaría de Obras Públicas podrán ser nombrados, promovidos o contratados cumpliendo indistintamente los requisitos contemplados en este texto legal o los establecidos en el DFL Nº 135, de 1991, del Ministerio de Obras Públicas.
Anótese, tómese razón y publíquese.- EDMUNDO PÉREZ YOMA, Vicepresidente de la República.- Sergio Bitar Chacra, Ministro de Obras Públicas.- Andrés Velasco Brañes, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., Juan Eduardo Saldivia Medina, Subsecretario de Obras Públicas.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
División Jurídica
Cursa con alcances decreto con fuerza de ley Nº 270, de
2009, del Ministerio de Obras Públicas
Nº 5.196.- Santiago, 28 de enero de 2010.
Esta Contraloría General ha tomado razón del decreto con fuerza de ley del rubro, que "Modifica los requisitos específicos de ingreso y promoción de la planta de personal de la Subsecretaría de Obras Públicas", establecidos en el artículo 2º del decreto con fuerza de ley Nº 135, de 1991, del Ministerio de Obras Públicas, por encontrarse ajustado a derecho.
No obstante lo anterior, cumple con hacer presente que la exención de los requisitos de ingreso y promoción contemplados en el texto normativo en estudio, prevista en su artículo transitorio único, sólo opera respecto de los funcionarios que a la fecha de entrada en vigencia del decreto con fuerza de ley en trámite se encuentren desempeñando cargos de planta o a contrata en la referida Subsecretaría, en la medida que se mantengan en el ejercicio de dichos cargos y en esas mismas calidades.
Asimismo, que en los vistos del acto en análisis debe estimarse incluido el decreto con fuerza de ley Nº 39, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que determina, para el Ministerio de Obras Públicas y servicios públicos que indica, los cargos que tendrán la calidad dispuesta en el actual artículo 8º de la ley Nº 18.834 y cambia las denominaciones de los cargos que señala.
Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga, Contralor General de la República.
Al señor
Ministro de Obras Públicas
Presente.