MODIFICA RESOLUCIÓN Nº1, DE 2001

    Núm. 255 exenta.- Santiago, 28 de enero de 2010.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República; en los artículos 14 bis, 56 y 89, de la ley 18.290, de Tránsito; en el artículo 3 de la ley 18.696; la ley 18.059; en el artículo 29 del D.S. Nº 212 de 1992, y la resolución Nº 1, de 2001, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la resolución Nº 1.600 de 2008, de Contraloría General de la República; dictamen Nº 70.336/2009 de Contraloría General de la República, y la demás normativa aplicable.

    Considerando: Que, es técnicamente posible el uso de una lámina adhesiva publicitaria en el extremo inferior de la luneta trasera de los vehículos de alquiler que prestan servicios de transporte público de pasajeros,

    Resuelvo:



    a) Elimínase en el artículo 2, la siguiente frase:

    "Asimismo, se permitirá la publicidad en el extremo inferior de la luneta trasera del vehículo, mediante el uso de una lámina adhesiva de un alto no superior a 15 centímetros, la que en todo caso no deberá obstaculizar la plena visibilidad de la tercera luz de freno.".

    b) Agrégase al final del artículo 2, como un nuevo inciso, lo siguiente:

    "En todas las modalidades de vehículos de alquiler, se permitirá la publicidad en el extremo inferior de la luneta trasera del vehículo, mediante el uso de una lámina adhesiva de un alto no superior a 30 centímetros, la que en todo caso no deberá obstaculizar la plena visibilidad de la tercera luz de freno.".



    Anótese, comuníquese y publíquese.- René Cortázar Sanz, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda a Ud., Gloria Montecinos L., Jefa Depto. Administrativo.