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Decreto 52

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Decreto 52

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Decreto 52 PROGRAMA DEL FONDO ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES Y SUBSIDIOS DE CESANTÍA, PARA EL EJERCICIO DEL AÑO 2010

MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL; SUBSECRETARÍA DE PREVISIÓN SOCIAL

Decreto 52

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Promulgación: 16-DIC-2009

Publicación: 19-FEB-2010

Versión: Última Versión - 29-ENE-2011

Última modificación: 29-ENE-2011 - Decreto 216 EXENTO

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PROGRAMA DEL FONDO ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES Y SUBSIDIOS DE CESANTÍA, PARA EL EJERCICIO DEL AÑO 2010

    Núm. 52.- Santiago, 16 de diciembre del 2009.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 21 y 23 del D.F.L. Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; el artículo 1º de la Ley Nº 18.418; el artículo 16 de la Ley Nº 19.429; el artículo 2 de la Ley Nº 20.359; la Ley Nº 20.407, de Presupuestos del Sector Público para el año 2010, el D.S. Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, la Resolución Nº 1.600, de 30 de octubre de 2008, y el oficio Nº 34.834, de 2 de julio de 2009, ambos de la Contraloría General de la República, y lo informado por la Superintendencia de Seguridad Social.

    Decreto:
    1.- Apruébase el siguiente Programa del Fondo Único de Prestaciones Familiares y Subsidios de Cesantía para el ejercicio del año 2010.

    2.- De acuerdo con el artículo 21 del D.F.L. Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, el Fondo Único de Prestaciones Familiares y Subsidios de Cesantía se financia exclusivamente con los aportes fiscales contemplados en la Ley de Presupuestos.

    3.- Los montos de la asignación familiar para el año 2010, serán los establecidos en el artículo 2 de la Ley Nº 20.359.

    4.- Los recursos para gastos de administración para el año 2010, serán los siguientes para las instituciones que se indican:

                                        (miles de pesos)

-Instituto de Previsión Social                  120
-Cajas de Compensación de Asignación
Familiar                                  1.055.467

TOTAL DE APORTES PARA
GASTOS DE ADMINISTRACIÓN                  1.055.587

    El total de aportes para gastos de administración corresponde al 0,34% de los beneficios que otorga el Fondo.

    5.- El Presupuesto del Fondo Único de Prestaciones Familiares y Subsidios de Cesantía y su Anexo, para el ejercicio del año 2010, serán los siguientes:
NOTA

PRESUPUESTO

                                      (miles de pesos)
I. INGRESOS

- Transferencias del Tesoro
Público al Sector no consolidable        248.963.173
- Transferencias del Tesoro
Público al Sector consolidable            78.516.720

TOTAL DE INGRESOS                        327.479.893

II. EGRESOS

- Pagos de asignaciones familiares        92.941.261
- Pagos de subsidios de cesantía          1.155.330
- Pagos de indemnizaciones                5.521.008
- Pagos de subsidios maternales          158.979.588
- Cotizaciones previsionales              51.295.541
- Aportes para gastos de administración    1.055.587
- Reserva Sector Consolidable            16.531.578

TOTAL EGRESOS                            327.479.893




NOTA
      El Nº 1 del Decreto 216 Exento, Trabajo y Previsión Social, publicado el 31.01.2011, modifica en la forma que indica el Programa del Fondo Unico de Prestaciones Familiares y Subsidios de Cesantía para el ejercicio del año 2010, aprobado por la presente norma. El Nº 2 de la citada disposición, reemplaza el Anexo del Presupuesto del Fondo Unico de Prestaciones Familiares y Subsidios de Cesantía para el año 2010, por el que en él se señala.
    Anótese, comuníquese y publíquese. Por orden de la Presidenta de la República, Claudia Serrano Madrid, Ministra del Trabajo y Previsión Social.- Andrés Velasco Brañes, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Claudio Reyes Barrientos, Subsecretario de Previsión Social
Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Última Versión
De 29-ENE-2011
29-ENE-2011
Texto Original
De 19-FEB-2010
19-FEB-2010 28-ENE-2011
  • DTO 216 EXENTO MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL; SUBSECRETARÍA DE PREVISIÓN SOCIAL 29-ENE-2011

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