MATERIAL ADMINISTRATIVO
Cuenta
1.- Se dio cuenta del acta de levantamiento de daños efectuado por la Corporación Administrativa del Poder Judicial en el Edificio Palacio de Tribunales, donde se describen los problemas observados en la Corte de Apelaciones de Santiago, producto del terremoto ocurrido con fecha 27 de febrero del año en curso, en la que se consigna que esta Corte ha sufrido problemas que han sido catalogados de críticos en las siguientes dependencias: Segunda Sala, Cuarta Sala, Tercera Sala, Pleno, pasillo privados de Ministros, recintos de oficinas y privado de la Quinta Sala. Se tomó conocimiento y atendido lo expuesto por Don Rodrigo Herrera Marchant, Jefe del Departamento de Desarrollo Institucional, quien señaló que debido a que los datos aportados por los profesionales y técnicos especialistas que realizaron la evaluación de los daños sufridos, no son graves, se dispone el normal funcionamiento de esta Corte.
2.- Auto Acordado sobre plan de contingencia para los Juzgados Civiles de Santiago.
"AUTO ACORDADO SOBRE PLAN DE CONTINGENCIA PARA RECEPCIÓN DE ESCRITOS Y DEMANDAS NUEVAS EN LOS JUZGADOS CIVILES DE SANTIAGO QUE FUNCIONAN EN EL EDIFICIO MANUEL MONTT UBICADO EN HUERFANOS 1409, CON MOTIVO DE LOS EFECTOS DEL SISMO OCURRIDO EN LA CAPITAL Y EN LA ZONA CENTRAL DEL PAÍS DURANTE LA MADRUGADA DEL SÁBADO 27 DE FEBRERO DE 2010.
En atención a los daños sufridos por el Edificio que alberga a los treinta Juzgados Civiles de Santiago que lo hace transitoriamente inutilizable conforme a lo señalado por la Corporación Administrativa del Poder Judicial, se adopta el siguiente auto acordado:
a) El edificio Manuel Montt ubicado en calle Huérfanos 1409 se mantendrá cerrado mientras se efectúan las reparaciones que son necesarias.
b) En atención a dicho cierre, se ha dispuesto la habilitación de una oficina central única para recibir los escritos pertenecientes a todos los Juzgados Civiles, la que se encuentra ubicada en el primer piso del edificio de calle Compañía N°1213, lugar donde se reciben habitualmente las demandas para su distribución.
c) Para el funcionamiento extraordinario de los juzgados civiles ubicados en el edificio Manuel Montt se dispondrá de espacios en dependencias determinadas de inmuebles pertenecientes al Poder Judicial; oportunamente se dará a conocer su ubicación a jueces, funcionarios, abogados y público en general. Dicho funcionamiento se restringe exclusivamente a la recepción de los escritos enviados desde la mencionada secretaria única y para proveer las demandas nuevas durante el lapso que dure la emergencia.
d) En atención a que no es posible acceder a los expedientes que se encuentran en el edificio Manuel Montt, los escritos referidos a las causas que allí se encuentran serán proveídos con un "venga con sus antecedentes", manteniéndoseles en tales dependencias.
e) En cuanto a las demandas nuevas se ha dispuesto que serán distribuidas entre los treinta Tribunales Civiles, a fin de que sean proveídas y tramitadas hasta su notificación, para efectos de lo cual se abrirá un libro único de receptores judiciales que se mantendrá en el lugar habilitado con ese propósito, siendo de cargo del secretario del tribunal de turno su supervigilancia.
f) En atención a que no es posible que el personal letrado y de planta de los Juzgados Civiles labore en su totalidad en las oficinas provisorias que sean habilitadas, se hará un turno para que éstos presten servicio. Este turno será confeccionado por el ministro coordinador y se comunicará a dicho personal antes del lunes 8 del actual. El personal que no se desempeñe en tales turnos podrá ser destinado a otras labores y dependencias de la jurisdicción por el señor Presidente de la Corte en la medida que sea necesario.
g) En ejercicio de las facultades económicas de la Corte y por estimárselo indispensable para la eficacia jurisdiccional en las actuales circunstancias de excepción se nombra como ministro para hacerse cargo de la coordinación de este plan de contingencia al ministro señor Jorge Dahm Oyarzún, quien deberá informar semanalmente a esta Corte de los avances y funcionamiento del plan elaborado. Su labor se extenderá por un mes a partir de esta fecha y abarcará el examen y viabilidad de funcionamiento de los restantes edificios que comprenden esta jurisdicción. Se exceptúan de dicho cometido las dependencias de la Corte de Apelaciones de Santiago.