1º Ejecútanse los Acuerdos de Consejo Nº 2.571 y Nº2.587, ambos de 2009, que modifican el Acuerdo de Consejo Nº 2.547, de 2009, que creó el Comité Centro de Energías Renovables.
2º Apruébanse las siguientes modificaciones al Reglamento del Comité Centro de Energías Renovables, cuyo texto fue aprobado por resolución (A) Nº 89, de 2009:
a) Modifícase el punto II.1.A. del Reglamento referido, sobre las sesiones del Consejo Directivo, agregando el siguiente párrafo final:
"Se entenderá que participan en las sesiones de su Consejo Directivo aquellos miembros que a pesar de no encontrarse presentes, estén comunicados simultánea y permanentemente a través de conferencia telefónica o de video conferencia, debiendo dejarse constancia de dicha forma de participación en el acta correspondiente, bajo certificación de quien presidió la sesión y del Secretario del Consejo Directivo. Sólo será procedente esta modalidad cuando en la sesión correspondiente existiere quórum presencial".
b) Modifícase el punto II.2, del Reglamento referido, sobre las funciones del Director Ejecutivo en el siguiente sentido:
a. Reemplázase la letra g) por la siguiente:
"g) Asistir a las reuniones del Consejo Directivo
con derecho a voz y designar a un funcionario
del Comité para desempeñar la función de
Secretario del Consejo Directivo con las
siguientes facultades: certificar la asistencia
de los miembros al Consejo Directivo, de
levantar actas de las sesiones, y certificar los
acuerdos que el Consejo Directivo adopte en
dichas sesiones".
b. Agréganse, a continuación de la letra k), dos
nuevas letras, l) y m).
"l) Celebrar contratos de arrendamiento de bienes
inmuebles, y suscribir todos los documentos que
resulten necesarios para dar cumplimiento a la
normativa vigente respecto de la celebración de
dichos contratos.
m) Contratar personal y expertos nacionales o
extranjeros sobre la base de honorarios, que
posean los conocimientos necesarios para
desempeñar determinadas asesorías o trabajos
especializados.".
c) Sustitúyase en el punto III, del Reglamento referido, sobre Plataforma de Servicios Compartidos, la frase final "serán rebajados del presupuesto fijado para su adecuado funcionamiento", por la siguiente:
"serán imputados a los ítems presupuestarios que corresponda, y que se contemplen para tal efecto, de conformidad con la Ley de Presupuestos del Sector Público de cada año".