1.- Compleméntese el DS Nº 791, de 22 de agosto de 2008, y declárese caminos públicos en las áreas urbanas las calles y avenidas que se individualizan en el punto siguiente.
2.- Incorpórese al numeral 4 el título "Pumanque", y bajo él, lo siguiente:
. El tramo urbano de la Ruta I-60, Cruce Ruta 90 (Ex Ruta I-50 - Población) - Cruce Ruta I-72 (La Quesería), desde el límite urbano norte al límite urbano sur, a través del sistema vial urbano de las calles Av. Cura Cornejo, Av. Rosario, calle Luis Barahona, Av. Manuel Rodríguez, Av. Bernardo O’Higgins y Av. 11 de Septiembre.
3.- Las calles o avenidas declaradas caminos públicos en el presente decreto sólo se consideran como tales para los efectos de lo dispuesto en la legislación sobre caminos públicos, sin que por ello pierdan sus características de vías urbanas, sujetas a las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, su Ordenanza y de los Planes Reguladores.