REGULA EXAMEN DE MEDICINA PREVENTIVA
Núm. 1.236 exenta.- Santiago, 31 de diciembre de 2009.- Visto: lo dispuesto en el artículo 33 de la ley Nº 19.966, en el artículo 138º y 194 del D.F.L. Nº 1, de 2005, de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763 de 1979 y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469, en los artículos 14 y 15 del decreto Nº 228 de 2005, del Ministerio de Salud; las facultades que me otorgan los artículos 4º y 6º del D.F.L. Nº 1, de 2005, de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763 de 1979 y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469 y lo establecido en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República;
Considerando:
- La necesidad de realizar exámenes de salud para la prevención y control del daño y mortalidad de problemas de salud priorizados en el documento «Los Objetivos Sanitarios para la Década 2000 - 2010";
- La información científica cuya evidencia hace recomendable su aplicación a población específica;
- Que existe terapia adecuada en los problemas de salud identificados y que su aplicación es costo - efectiva, dicto la siguiente,
Resolución:
Artículo 1º. El examen de medicina preventiva, establecido en el artículo 138º del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763 de 1979 y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469, a que tienen derecho los beneficiarios del Libro II y III de dicho decreto con fuerza de ley, estará constituido por un plan periódico de monitoreo y evaluación de la salud a lo largo del ciclo vital, que tiene por objeto reducir o postergar la morbimortalidad, discapacidad o sufrimiento, debido a aquellos problemas de salud, es decir enfermedades o condiciones prevenibles o controlables, que formen parte de las prioridades sanitarias, mediante la detección precoz en los beneficiarios o de la prevención en un individuo asintomático.
El examen de medicina preventiva debe realizarse en el contexto de un control o consulta por un profesional de la salud debidamente capacitado e incluye un conjunto de acciones tales como: anamnesis, examen físico, cuestionarios, mediciones, exámenes de laboratorio, consejería, indicaciones y/o derivación, según corresponda a la intervención preventiva.
Artículo 2º.- Inclúyanse en el examen de medicina preventiva los siguientes problemas de salud según grupos de población general enumerados a continuación, respecto de los cuales se señalan la definición, el examen o técnica para la detección del problema, el objetivo de la pesquisa, la intervención indicada y el procedimiento o las condiciones para su realización.
PROBLEMAS DE SALUD SEGÚN GRUPOS DE POBLACIÓN GENERAL
1. EMBARAZADAS BENEFICIARIAS
Profesional responsable de realizar el examen: médico, matrona, enfermera-matrona u otros profesionales capacitados.
Frecuencia: En el primer control del embarazo, idealmente antes de las 13 semanas.
a) Diabetes en el embarazo
Definición: Es una alteración del metabolismo de los hidratos de carbono de severidad variable que ocurre durante el embarazo. Se distinguen 2 categorías clínicas de diferente severidad, pronóstico y tratamiento:
a. Gestacional propiamente tal: Se manifiesta en el
2º o 3º trimestre del embarazo; es
metabólicamente estable y de mejor pronóstico
perinatal.
b. Pregestacional, no diagnosticada previamente: Se
manifiesta precozmente en el embarazo (1º y 2º
trimestre); es metabólicamente inestable y de
mayor riesgo perinatal.
La hiperglicemia materna determina en el feto y en el recién nacido mayor morbilidad perinatal debido principalmente a macrosomía e hipoglicemia.
Examen: Glicemia en ayunas de al menos 8
horas.
- Objetivo: Detectar en forma precoz
diabetes gestacional para
prevenir las complicaciones
obstétricas, maternas o
morbilidad perinatal.
- Intervención: Con un valor igual o mayor a 105
mg/dL, referir para realizar un
segundo examen que confirme o
descarte el diagnóstico de
diabetes mellitus (en su
variedad pregestacional). Con un
valor inferior a 105 mg/dL se
realizará una prueba de
tolerancia a la glucosa oral
entre las 24 y 28 semanas de
gestación, como parte del
control habitual del embarazo
(pesquisa de diabetes mellitus
gestacional propiamente tal).
Procedimiento:
- Descripción del método: Examen en sangre venosa. Más
información: "Normas Técnicas,
Diabetes y Embarazo",
Ministerio de Salud 1998.
http://www.minsal.cl/Salud
cardiovascular/
b) Infección por virus de inmunodeficiencia humana
Definición: La infección por virus de inmunodeficiencia humana (VIH) tipo 1 o tipo 2, se caracteriza clínicamente por una infección asintomática durante un período variable de hasta alrededor de 8 años, debido a equilibrio entre replicación viral y respuesta inmunológica del paciente. Posteriormente se rompe este equilibrio aumentando la carga vira[ y deteriorándose la función inmune, lo que permite la aparición de diversas infecciones (clásicas y oportunistas) y tumores, con lo que se llega a la etapa de síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA).
Se transmite por tres vías: sexual (la más frecuente), perinatal o vertical; en relación a la vía perinatal, es necesario disminuir la probabilidad que el hijo de una madre infectada con el VIH adquiera el virus en tres momentos distintos: durante el embarazo, parto o lactancia.
La detección precoz del VIH en la madre hace recomendable su ingreso al protocolo de tratamiento vigente establecido en la Norma Técnica Nº 81, "Prevención de la Transmisión Vertical del VIH", Ministerio de Salud 2005. http://www.minsal.cl/ici/conasida/documentos/Norma de Prevencion de TV VIH.pdf
Examen: Test de Elisa para VIH en sangre. Debe realizarse siempre con consejería previa y posterior, de manera voluntaria y con consentimiento informado (Ley Nº 19.779, 2001, http://www.minsal.cl/ici/conasida/conasida.html).
- Objetivo: Detección precoz de la
infección por VIH en
embarazadas.
- Intervención: Consejería previa al examen y
consejería post-examen en las
embarazadas con VIH positivo.
Procedimiento:
- Tipo de muestra: Sangre venosa.
- Descripción del método: Test de Elisa de tamizaje y
confirmación por el Instituto
de Salud Pública, cuando
corresponda.
c) Sífilis
Definición: La sífilis es una infección que se adquiere por contacto sexual, vía transplacentaria, transfusión de sangre fresca o por inoculación directa. Su agente causal es la espiroqueta treponema pallidum, anaerobio estricto, que por sus características microbiológicas específicas no ha logrado cultivarse in vitro ni diferenciarse por marcadores inmunológicos, estructurales o metabólicos.
En embarazadas con sífilis no tratada, 70% a 100% de sus hijos pueden infectarse por vía transplacentaria, lo cual se asocia a muerte fetal in útero, muerte neonatal, parto prematuro y sífilis congénita (puede causar una discapacidad de largo plazo).
Examen: VDRL (Venereal Disease Research
Laboratory) o RPR (Rapid Plasma
Reagin) en sangre.
- Objetivo: Detección precoz de infección
por sífilis en embarazadas.
- Intervención: Si el examen es positivo,
referir a médico para su
tratamiento de acuerdo a Norma
Técnica Nº 46 "Manejo y
Tratamiento de Enfermedades de
Transmisión Sexual", Ministerio
de Salud 2000.
Procedimiento:
- Tipo de muestra: Sangre venosa.
- Descripción del método: Examen de tamizaje que mide los
anticuerpos reagínicos que
resultan de la interacción del
treponema pallidum con los
tejidos de la paciente.
d) Infección urinaria
Definición: La infección del tracto urinario es la enfermedad infecciosa más frecuente durante el embarazo; existen tres formas de presentación: bacteriuria asintomática, infección urinaria baja (cistitis), infección urinaria alta (pielonefritis aguda). Se ha documentado que la bacteriuria asintomática no tratada constituye un factor de riesgo de parto prematuro, primera causa de morbimortalidad neonatal en nuestro país.
Examen: Urocultivo.
- Objetivo: Detección precoz de infección
urinaria para prevenir
complicaciones maternas y
morbimortalidad perinatal.
- Intervención: Referir a médico para
tratamiento antibiótico
específico.
Procedimiento:
- Descripción del método: Muestra de orina en
laboratorio, idealmente en la
primera micción del día,
segundo chorro directamente en
un frasco seco y estéril. La
muestra debe ser enviada al
laboratorio dentro de los
primeros 30 minutos para su
procesamiento (examen físico-
químico, sedimento urinario y
siembra para pesquisa de
microorganismos).
Para diagnóstico de infección
urinaria se requiere un
recuento por sobre 100.000
colonias/ml.
e) Sobrepeso y Obesidad
Definición: Aumento de la grasa corporal debido a un desbalance entre la ingesta y el gasto energético, generalmente asociado a estilos de vida poco saludables. El sobrepeso y la obesidad afectan al 55.2% de las embarazadas y representan un riesgo obstétrico para la madre y para su hijo (riesgo de macrosomía y obesidad en su vida adulta).
El aumento excesivo de peso durante el embarazo sin recuperar el peso pregestacional, contribuye a la alta prevalencia de obesidad observada en las mujeres en nuestro país, lo que a su vez se asocia a un mayor riesgo de diabetes, hipertensión y otras enfermedades crónicas.
Examen: Medición de peso y talla.
- Objetivo: Detectar a las embarazadas
obesas y con sobrepeso con el
propósito de realizar una
consejería nutricional durante
la gestación y promover la
recuperación del peso
pregestacional a los 6 meses
post-parto.
- Intervención: Consejería sobre hábitos
saludables de alimentación y
actividad física. Más
información Burrows R, Castillo
C, Atalah E, Uauy R., editores.
"Guías de alimentación para la
mujer." Santiago: Universidad
de Chile, INTA; Ministerio de
Salud; 2001 y Guías para una
Vida Saludable, Parte I y II,
Ministerio de Salud.
Procedimiento:
- Descripción del método: Se pesa y mide a la persona y
se calcula la relación entre
peso y talla para determinar el
índice de masa corporal de
acuerdo a gráfica de evaluación
nutricional vigente. Más
información,
http://www.minsal.cl/ Alimentos
y Nutrición/ Nutrición/
Evaluación Nutricional y Manejo
de Malnutrición/ Gráfica:
Incremento de peso embarazadas.
f) Hipertensión arterial
Definición: Se considera hipertensa a toda embarazada con cifras de presión arterial iguales o mayores a 140/90 mm Hg, en dos tomas separadas por 6 horas de observación en reposo, independiente de su etiología (hipertensión previa al embarazo actual, hipertensión gestacional, preeclampsia/eclampsia).
La enfermedad hipertensiva es una de las complicaciones médicas más frecuentes del embarazo, siendo actualmente la primera causa de mortalidad materna en nuestro país.
Examen: Medición estandarizada de la
presión arterial.
- Objetivo: Detectar a embarazadas
hipertensas para su tratamiento
y reducir así el riesgo de
morbimortalidad materna y
perinatal.
- Intervención: Referir a médico a toda
embarazada con hipertensión
para su tratamiento.
Procedimiento:
- Descripción del método: Técnica indirecta de medición
de la presión arterial,
auscultatoria o con aparatos
digitales validados por la
British Hypertension Society,
http://www.bhsoc.org/blood
pressure list.stm. El
profesional que realiza el
examen debe estar capacitado en
la técnica de medición de la
presión arterial.
Para confirmar o descartar el
diagnóstico de hipertensión
arterial, referir a perfil de
presión arterial a toda persona
con una presión igual o mayor a
140 mm Hg sistólica o 90 mm Hg
diastólica en dos mediciones
consecutivas separadas por 2
minutos.
g) Beber problema
Definición: Existe acuerdo de que la mujer embarazada no debiera beber en exceso durante la gestación, aun cuando no está claro qué nivel de consumo puede ser riesgoso para ella o su hijo. No obstante lo anterior, se recomienda que la embarazada no consuma más de 1 unidad de bebida alcohólica por día (1 vaso de cerveza, 1 copa de vino o 1 medida de un licor destilado). El consumo excesivo de alcohol se asocia a síndrome alcohólico fetal, bajo peso al nacer y alteraciones conductuales e intelectuales.
Examen: Cuestionario de Autodiagnóstico sobre Riesgos en el Uso de Alcohol (AUDIT).
- Objetivo: Conocer consumo alcohólico en
embarazadas para realizar
consejería específica en
aquellas que presenten niveles
de consumo que puedan
representar un riesgo para la
embarazada y su hijo/a.
- Intervención: Consejería según el tipo de
consumo de alcohol en personas
de bajo riesgo (0-7), en riesgo
(8-15), problema (16-19) o
dependencia (20-40).
Procedimiento:
Descripción del método: Cuestionario AUDIT auto
aplicado, permite la detección
inicial o sospecha de consumo
riesgoso, problemático o
dependencia del alcohol. Consta
de 10 preguntas. A cada
respuesta se le asigna un
puntaje, cuya suma otorga el
puntaje final.
Sus objetivos son entregar:
- Información objetiva sobre
los riesgos del beber
alcohol durante el
embarazo;
- Alternativas para suprimir
o disminuir el consumo y
concordar metas a lograr
por la mujer embarazada.
En el caso que se detecte
consumo perjudicial o
dependencia del alcohol, esta
situación debe ser evaluada en
conjunto con el profesional
encargado del control
periódico del embarazo, así
como las posibles
intervenciones a ofrecer (p.
ej. tratamiento específico de
ayuda).
Más información, Guía Clínica:
"Detección y tratamiento
temprano del consumo problema
y la dependencia del alcohol y
otras sustancias psicoactivas
en la atención primaria",
Ministerio de Salud 2005.
h) Tabaquismo
Definición: Fumar uno o más cigarrillos al día, fumar ocasionalmente o utilizar otras formas de tabaco, es una causa significativa modificable de pronóstico adverso durante el proceso reproductivo, ampliamente demostrada: aumenta el riesgo de mortalidad perinatal (asociada a prematurez, restricción de crecimiento intrauterino y bajo peso al nacer) y de complicaciones maternas (preeclampsia, desprendimiento prematuro de placenta normoinserta, placenta previa).
Examen: Aplicación del instrumento
Estrategia 5A’s según guía
clínica.
- Objetivo: Detectar embarazadas que fuman
para intervenir con medidas
dirigidas a lograr la cesación
del hábito y así reducir los
riesgos de enfermedades,
complicaciones maternas y de
morbimortalidad perinatal.
- Intervención: Consejería breve y referir a
tratamiento con el profesional
que realiza el control del
embarazo.
Procedimiento:
- Descripción del método: Averiguar sobre el consumo de
tabaco y aconsejar a todas las
personas que dejen de fumar o
se mantengan sin fumar, según
Guía Clínica, "La Cesación del
Consumo de Tabaco." Ministerio
de Salud 2003.
2. RECIÉN NACIDOS BENEFICIARIOS
Profesional responsable de realizar el examen: médico,
enfermera, enfermera-matrona, matrona.
Frecuencia: Una vez.
a) Fenilcetonuria
Definición: La fenilcetonuria es un trastorno metabólico hereditario caracterizado por un déficit de la enzima fenilalanina hidroxilasa, que produce la acumulación del aminoácido fenilalanina, provocando daño neurológico progresivo y finalmente retardo mental, si no es tratada oportunamente.
Examen: Determinación de fenilalanina
en sangre.
- Objetivo: Detectar precozmente recién
nacidos portadores de
fenilcetonuria, con el objeto
de prevenir el retardo mental
profundo producido por la
enfermedad si no es detectada
antes del primer mes de vida.
El diagnóstico precoz dentro de
los 15 días del nacimiento
permite evitar un daño
irreversible.
- Intervención: Restricción dietaria de
fenilalanina.
Procedimiento:
- Tipo de Muestra: Sangre (micrométodo).
- Descripción del método: La muestra se obtiene por
punción del talón del recién
nacido con lanceta estéril,
desechable (2.0 a 2.4 mm
profundidad), recolectándose la
gota de sangre directamente en
la tarjeta con papel filtro,
dentro de los círculos
demarcados, no antes de las 40
horas de vida. En los recién
nacidos prematuros, en los que
están en tratamiento con
antibióticos y en los dados de
alta en forma precoz, referirse
a la "Norma para el Óptimo
Desarrollo de Programas de
Búsqueda Masiva de
Fenilcetonuria e Hipotiroidismo
Congénito", Ministerio de Salud
1999.
b) Hipotiroidismo Congénito
Definición: El hipotiroidismo congénito se caracteriza por ausencia o desarrollo anormal de la glándula tiroides o falla de la estimulación de la misma por la hipófisis o por la síntesis anormal de las hormonas tiroídeas, provocando retardo mental severo irreversible y retardo del crecimiento y desarrollo.
Examen: Determinación de TSH en sangre.
- Objetivo: Detectar precozmente recién
nacidos con hipotiroidismo
congénito, para prevenir el
daño a través del tratamiento
con terapia hormonal de
reemplazo.
- Intervención: Referir para su tratamiento.
Procedimiento:
- Tipo de muestra: Sangre (micrométodo).
- Descripción del método: La muestra se obtiene por
punción del talón del recién
nacido con lanceta estéril,
desechable (2.0 a 2.4 mm
profundidad), recolectándose la
gota de sangre directamente en
la tarjeta con papel filtro
dentro de los círculos
demarcados, no antes de las 40
horas de vida. Para situaciones
de excepción referirse a la
"Norma para el Óptimo
Desarrollo de Programas de
Búsqueda Masiva de
Fenilcetonuria e Hipotiroidismo
Congénito", Ministerio de Salud
1999.
c) Displasia del desarrollo de caderas
Definición: Alteración de la articulación coxo-femoral que da lugar a una deformidad en la cual la cabeza femoral está totalmente fuera del acetábulo (luxación), parcialmente (subluxación) o entra y sale del acetábulo (inestabilidad) y además una serie de anomalías (displasia) en el desarrollo del acetábulo o de la cabeza femoral. Como algunos de estos hallazgos pueden no estar presentes al nacer, se prefiere el término de displasia de desarrollo de caderas (DDC) al clásico término de luxación congénita de cadera. El pronóstico de la DDC depende fundamentalmente de la precocidad del diagnóstico y tratamiento.
Examen: Examen clínico: Maniobra de
Ortolani o Barlow.
- Objetivo: Detectar precozmente en el
recién nacido una DDC para un
tratamiento oportuno.
- Intervención: Referir a especialista al
recién nacido con un examen
anormal, limitación de la
abducción o resalte articular
(signo de Ortolani).
Procedimiento:
- Descripción del método: Maniobra de Ortolani. Niño en
decúbito supino con caderas y
rodillas en 90 grados, rodillas
juntas. El operador toma las
rodillas y el muslo con sus
manos, hace una horquilla con
su pulgar e índice y toma la
rodilla y con la punta de sus
dedos medio y anular presiona
el trocánter mayor; luego va
abduciendo las caderas al mismo
tiempo que con las puntas de
los dedos presiona la región
trocantérica hacia delante; si
el signo es positivo se siente
un chasquido, un clic que
denota la entrada de la cabeza
femoral en el cótilo, vuelta a
su posición inicial puede
sentirse otro chasquido de
salida.
Maniobra de Barlow: caderas
abducidas en 45 grados, colocar
los pulgares sobre la cara
interna de los muslos cerca del
trocánter menor y presionar
hacia fuera y atrás; si sale la
cabeza fuera del cótilo y entra
al dejar de presionar se está
ante una cadera luxable.
3. LACTANTES BENEFICIARIOS
Profesional responsable de realizar el examen: médico, enfermera, enfermera-matrona u otro profesional de la salud capacitado.
Frecuencia: 1 vez a los 3 meses de edad.
a) Displasia del desarrollo de caderas
Definición: Alteración de la articulación coxo-femoral que da lugar a una deformidad en la cual la cabeza femoral está totalmente fuera del acetábulo (luxación), parcialmente (subluxación) o entra y sale del acetábulo (inestabilidad) y además una serie de anomalías (displasia) en el desarrollo del acetábulo o de la cabeza femoral. Como algunos de estos hallazgos pueden no estar presentes al nacer, se prefiere el término de displasia de desarrollo de caderas (DDC) al clásico término de luxación congénita de cadera. El pronóstico de la DDC depende fundamentalmente de la precocidad del diagnóstico y tratamiento.
Examen: Radiografía de pelvis.
- Objetivo: Detectar precozmente niños y
niñas portadores de DDC para un
tratamiento oportuno.
- Intervención: Referir a especialista para
evaluación y tratamiento.
Procedimiento:
- Descripción del método: El examen radiológico permite
estudiar las estructuras óseas
y las alteraciones que sobre
ellas se produzcan. Los
primeros cambios sobre las
estructuras óseas ocurren
después de cuatro a seis
semanas de manifestada la
laxitud articular, por lo que
su mayor rendimiento se logra
cuando se realiza después de
los 2 meses de edad.
4. NIÑOS Y NIÑAS A LOS 4 AÑOS
Profesional responsable de realizar el examen: médico, enfermera, enfermera-matrona, matrona, nutricionista u otro profesional de la salud capacitado.
Frecuencia: 1 vez a los 4 años.
a) Sobrepeso y Obesidad
Definición: Aumento de la grasa corporal debido a un desbalance entre la ingesta y el gasto energético, generalmente asociado a estilos de vida poco saludables. El Sobrepeso y la Obesidad en el pre-escolar son un predictor de obesidad en la edad adulta y constituye un factor de riesgo para las enfermedades crónicas.
Examen: Medición del peso y la talla.
- Objetivo: Identificar precozmente niños
en riesgo de desarrollar
obesidad y enfermedades
crónicas con el propósito de
reforzar hábitos de
alimentación y actividad física
saludables y corregir conductas
poco saludables antes de su
ingreso al sistema escolar.
- Intervención: Consejería en vida sana y
referir cuando corresponda.
Procedimiento:
- Descripción del método: Medición de peso y talla y
aplicación de patrón de
referencia OMS 2006,
http://www.minsal.cl/ici/
nutricion/
antropometricoNINOS.pdf
Diagnóstico nutricional
integrado según lo establecido
en la "Norma de Manejo
Ambulatorio de la Malnutrición
Infantil".
b) Ambliopía, estrabismo y defectos en la agudeza visual
Definición: Es la pérdida de la agudeza visual sin una causa orgánica que la justifique. Esta se origina en la infancia, habitualmente por defectos de refracción o estrabismo no corregidos, lo que produce una imagen que se proyecta en la retina en forma disímil en ambos ojos. Si las imágenes que se perciben son muy distintas, el cerebro bloquea una de ellas, produciendo una falta de desarrollo de la vía visual del ojo no dominante.
La ambliopía es la principal causa de pérdida visual monocular entre los adultos. Se puede producir fundamentalmente por tres mecanismos:
a) Privación: por una percepción incorrecta de las
imágenes, como en la catarata congénita.
b) Supresión: cada ojo recibe imágenes muy
distintas, como en el estrabismo y las
anisometropías.
c) Por una combinación de los dos anteriores.
Examen: Aplicación de cartilla LEA
- Objetivo: Detectar precozmente niños y
niñas portadores de ambliopía,
estrabismo o defectos de la
agudeza visual, con el
propósito de derivarlos
oportunamente al oftalmólogo
para su confirmación
diagnóstica y tratamiento.
- Intervención: Derivación al oftalmólogo a los
niños y niñas con alteración
visual.
Procedimiento:
Descripción del método: La cartilla LEA es un método
fácil de entender por los niños
que se puede implementar
fácilmente en cualquier
consultorio. Tiene equivalencia
con las tradicionales cartillas
de Snellen y es ampliamente
aceptada. Más información
http://www.minsal.cl/ Salud del
Niño.
c) Detección de malos hábitos bucales
Definición: Los malos hábitos a detectar a esta edad son aquellos asociados a la succión, por el uso de mamadera nocturna, chupete más allá de los 3 años de edad, succión de dedo y lactancia materna prolongada más allá de los dos años, y los asociados a ausencia o cepillado de dientes insuficiente en esta edad.
Los malos hábitos bucales pueden alterar el desarrollo normal del sistema estomatognático; cuanto más precozmente se elimine un mal hábito, menores serán los daños que éste cause. La gravedad del daño dependerá de la intensidad, duración y frecuencia del mal hábito.
Examen: Pesquisa precoz de factores de
riesgo para patologías bucales.
- Objetivo: Pesquisar y eliminar los malos
hábitos bucales que provocan
anomalías dentomaxilares
factibles de prevenir en niños
entre 2 y 5 años.
- Intervención: Consejería en corrección de
malos hábitos bucales.
Procedimiento:
Descripción del método: Evaluación de malos hábitos
bucales y consejería en hábitos
saludables para la salud bucal.
Los malos hábitos a detectar a
esta edad son:
a) de succión
Mamadera: El uso de la mamadera
nocturna debe ser eliminado
alrededor del año y medio de
edad.
Chupete: El hábito de succión
de chupete se considera normal
hasta alrededor de los 3 años
de edad.
Succión de dedo: Este es uno de
los hábitos más difíciles de
eliminar, provoca anomalías
dento-maxilares como mordida
abierta anterior o lateral,
movimientos o desplazamientos
de incisivos superiores a
vestibular o retrusión de
incisivos inferiores hacia
lingual, compresión de los
maxilares tanto en la dentición
temporal como dentición mixta.
Lactancia Materna: La lactancia
materna prolongada más allá de
los dos años puede producir
alteraciones en el correcto
desarrollo del sistema
estomatognático.
b) Ausencia de cepillado de
dientes: La incorporación del
cepillado de dientes desde la
erupción del primer molar
definitivo o bien antes del
primer año de vida disminuye
significativamente la
prevalencia de caries dentales,
y más aún si el cepillado se
realiza dos veces al día.
Más información, "Pautas de
Evaluación Buco-Dentarias",
Ministerio de Salud 2003, y
"Normas en la Prevención e
Intercepción de Anomalías
Dentomaxilares", Ministerio de
Salud 1998.
5. PERSONAS DE 15 AÑOS Y MÁS
Profesional responsable de realizar el examen: médico, enfermera, enfermera-matrona, matrona, nutricionista u otro integrante del equipo de salud debidamente capacitado.
Frecuencia: Una vez cada 3 años.
a) Beber problema
Definición: El beber problema incluye dos enfermedades: consumo perjudicial y dependencia o alcoholismo. Este último se caracteriza por aumento de la tolerancia (se necesitan dosis crecientes para obtener efecto), síndrome de privación y por la pérdida de control en el consumo. En ambos trastornos, el patrón de consumo de bebidas alcohólicas, sea por su cantidad o frecuencia, interfiere con la salud física y mental del individuo y con su funcionamiento social, familiar y ocupacional.
Examen: Cuestionario de Autodiagnóstico
sobre Riesgos en el Uso de
Alcohol (AUDIT)
- Objetivo: Detectar a las personas que
presentan beber problema para
realizar una intervención
preventiva.
- Intervención: Consejería.
Procedimiento:
- Descripción del método: Cuestionario AUDIT,
autoaplicado, permite la
detección inicial o sospecha de
consumo riesgoso, problemático
o dependencia del alcohol.
Consta de 10 preguntas, a cada
respuesta se le asigna un
puntaje cuya suma otorga el
puntaje final. Realizar
consejería según el tipo de
consumo de alcohol: bajo riesgo
(0-7), en riesgo (8-15),
problema (16-19) o dependencia
(20-40). Guía Clínica:
"Detección y tratamiento
temprano del consumo problema y
la dependencia del alcohol y
otras sustancias psicoactivas
en la atención primaria",
Ministerio de Salud, 2005.
b) Tabaquismo
Definición: Personas que fuman uno o más cigarrillos al día, los que fuman ocasionalmente o los que utilizan otras formas de tabaco.
Examen: Aplicación del instrumento
Estrategia 5A’s según guía
clínica.
- Objetivo: Detectar personas que fuman
para intervenir con medidas
dirigidas a lograr la cesación
del hábito y así reducir los
riesgos de enfermedades
cardiovasculares, pulmonares,
cáncer (oral, pulmonar, de
vejiga y otros), asociados al
uso del tabaco.
- Intervención: Consejería breve.
Procedimiento:
- Descripción del método: Averiguar sobre el consumo de
tabaco y aconsejar a todas las
personas que dejen de fumar o
se mantengan sin fumar, según
Guía Clínica, "La Cesación del
Consumo de Tabaco", Ministerio
de Salud 2003.
http://www.minsal.cl/Salud
Cardiovascular.
c) Sobrepeso y Obesidad
Definición: Corresponden al aumento de la cantidad de grasa corporal. Se debe a un desbalance energético originado fundamentalmente por una ingesta calórica superior a la requerida. Su importancia radica en el riesgo de desencadenar otras enfermedades crónicas no transmisibles del adulto, diabetes tipo 2, hipertensión arterial y enfermedades cardiovasculares, entre otras.
Examen: Medición de peso y talla para
calcular Índice de Masa
Corporal (IMC) y medición de
circunferencia de cintura (CC)
para detectar a personas obesas
con mayor riesgo
cardiovascular.
- Objetivo: Detectar a las personas obesas
con el propósito de intervenir
y lograr una baja de peso
significativa y reducir los
riesgos de hipertensión
arterial, dislipidemia,
hiperglicemia, artrosis y
trastornos psicológicos, entre
otros.
- Intervención: Consejería en alimentación
saludable e incremento de la
actividad física.
Procedimiento:
- Descripción del método: Se pesa y mide a la persona y
se calcula la relación entre
peso (P) y talla (T) para
determinar el IMC (IMC=P/T²).
Se considera obeso a un
individuo con un IMC igual o
mayor a 30. Se considera
obesidad abdominal a una CC
igual o mayor a 88 cm y 102 cm
en la mujer y varón,
respectivamente. En el adulto
mayor la CC tiene menor valor
predictivo y la cifra de IMC
para clasificar al individuo
como obeso es > 32.
d) Hipertensión arterial
Definición: Se considera hipertensa a toda persona que mantenga cifras de presión arterial (PA) persistentemente elevadas, iguales o superiores a 140 de PA sistólica o 90 mm Hg de PA diastólica.
Examen: Medición estandarizada de la
presión arterial.
- Objetivo: Detectar a personas hipertensas
para su tratamiento y así
reducir el riesgo de enfermedad
cardiovascular.
- Intervención: Referir a perfil de presión
arterial a toda persona con una
presión igual o mayor a 140 mm
Hg sistólica o 90 mm Hg
diastólica en dos mediciones
consecutivas separadas por 2
minutos, para confirmar o
descartar el diagnóstico de
hipertensión arterial.
Procedimiento:
- Descripción del método: Técnica indirecta de medición
de la presión arterial,
auscultatoria o con aparatos
digitales validados por British
Hypertension Society,
http://www.bhsoc.org/blood
pressure list.stm. El
profesional que realiza el
examen debe estar capacitado en
la técnica de medición de la
presión arterial.
Más información, Guía Clínica
"Hipertensión Arterial Primaria
o Esencial en Personas de 15 y
más Años", Ministerio de Salud,
2005. http://www.minsal.cl/ici/
guiasclinicas/hipertension
arterial primaria.pdf
e) Diabetes mellitus
Definición: Es un desorden metabólico crónico caracterizado por niveles persistentemente elevados de glucosa en la sangre, como consecuencia de una alteración en la secreción o acción de la insulina.
Examen: Glicemia en ayunas de al menos
8 horas.
- Objetivo: Detectar a las personas con
diabetes para su tratamiento y
prevenir las complicaciones
invalidantes y la mortalidad
prematura asociada a la
enfermedad.
- Intervención: Consejería en alimentación
saludable y actividad física
y/o referir a médico, según
corresponda.
Procedimiento:
- Descripción del método: Realizar el examen en personas
mayores de 40 años, obesos o
con antecedentes familiares
directos de diabetes en padre,
madre o hermanos. Referir a
toda persona con una glicemia
superior a 100 mg/dL para
realizar un segundo examen que
confirme o descarte el
diagnóstico de pre-diabetes o
diabetes, según corresponda. En
ambos casos, realizar
consejería en alimentación
saludable y actividad física.
Más información, Ministerio de
Salud 2006, "Guía Clínica
Diabetes Mellitus tipo 2",
http//www.minsal.cl/ici/
guiasclinicas/diabetesGes.pdf.
f) Sífilis
Definición: La sífilis es una infección que se adquiere por contacto sexual, transfusión de sangre fresca o inoculación directa. Su agente causal es la espiroqueta treponema pallidum, anaerobio estricto, que por sus características microbiológicas específicas no ha logrado cultivarse in vitro ni diferenciarse por marcadores inmunológicos, estructurales o metabólicos.
Examen: Examen de VDRL (Venereal
Disease Research Laboratory) o
RPR (Rapid Plasma Reagin) en
sangre.
- Objetivo: Detección precoz de la
infección por sífilis en
población de riesgo para su
tratamiento.
- Intervención: Si el examen es positivo
referir a médico para
tratamiento.
Procedimiento:
- Tipo de Muestra: Sangre venosa.
- Descripción del método: Examen de tamizaje que mide los
anticuerpos reagínicos que
resultan de la interacción de
la bacteria treponema pallidum
y los tejidos del paciente.
g) Tuberculosis
Definición: Es una enfermedad causada por el mycobacterium tuberculosis (Bacilo de Koch), cuya infección inicial suele ser asintomática, pudiendo evolucionar a tuberculosis (TBC) pulmonar o, por diseminación linfohematógena del bacilo, causar infección en cualquier órgano (TBC extrapulmonar).
Examen: Baciloscopía a toda persona con
tos productiva por más de 15
días al momento del examen.
- Objetivo: Detectar a personas con TBC
pulmonar para su tratamiento y
prevenir así la transmisión a
población susceptible.
- Intervención: Referir a toda persona con
baciloscopía positiva para su
tratamiento.
Procedimiento:
- Tipo de muestra: Secreción bronquial.
- Descripción del método: Obtener muestra del árbol
bronquial, muco purulenta,
recogida después de un esfuerzo
de tos y no sólo de la faringe
o por aspiración de secreciones
nasales o saliva. Se requieren
dos muestras en días sucesivos,
una muestra al momento del
examen y otra al día siguiente
al despertar. Más información,
Ministerio de Salud, "Programa
Nacional de la Tuberculosis.
Manual de Organización y Normas
Técnicas 2005".
http://www.minsal.cl/
Tuberculosis.
6. MUJERES DESDE 25 A 64 AÑOS
Sin perjuicio de la realización de los exámenes indicados para el grupo de 15 y más años, deberá efectuarse en este grupo de población la pesquisa de la siguiente condición:
a) Cáncer cervicouterino
Definición: Alteración celular que se origina en el epitelio del cuello del útero y que se manifiesta inicialmente a través de lesiones precursoras de lenta y progresiva evolución, que se pueden suceder en etapas de displasia leve, moderada y severa. En grado variable evolucionan a cáncer in situ (circunscrito a la superficie epitelial) y luego a cáncer invasor cuando el compromiso traspasa la membrana basal.
Examen: Toma de examen de Papanicolaou
(PAP) o citología exfoliativa
cervical, cada 3 años.
- Objetivo: Detectar mujeres con cáncer
cervicouterino en etapas
preinvasoras en la población de
riesgo para un tratamiento
oportuno.
- Intervención: Derivar a toda mujer con un PAP
alterado. Procedimiento:
- Tipo de muestra: Secreción exo-endo cervical.
- Descripción del método: Efectuar un raspado de las
células del cuello del útero
(exo y endocérvix) y fijarlas
en un porta objetos. Su
finalidad es detectar células
cervicouterinas anormales. Se
envían al laboratorio de
citología donde son evaluadas
por un tecnólogo médico
especialista en citología o un
citotécnico. Más información,
Ministerio de Salud 2005, "Guía
Clínica Cáncer Cervicouterino";
http://www.minsal.cl/ici/
guiasclinicas/
CancerCervicouterino.pdf.
- Profesional responsable: Médico, matrona, enfermera-
matrona, capacitados.
- Frecuencia: Una vez cada 3 años.
7. PERSONAS DE 40 Y MÁS AÑOS
Sin perjuicio de la realización de los exámenes indicados para el grupo de 15 y más años, deberá efectuarse en este grupo de población la detección de la siguiente condición:
Profesional responsable de realizar el examen: médico, enfermera, enfermera-matrona, matrona, nutricionista u otro integrante del equipo de salud debidamente capacitado.
a) Dislipidemia
Definición: Cualquier situación clínica en la cual existan concentraciones anormales de lípidos circulantes: colesterol total, colesterol de alta o baja densidad, HDL y LDL respectivamente, o triglicéridos, en niveles que signifiquen un riesgo para la salud.
Examen: Medición del colesterol total.
- Objetivo: Detectar a personas con
dislipidemia para su
tratamiento y así reducir el
riesgo de enfermedad
cardiovascular.
- Intervención: Consejería en alimentación
saludable y promoción de
actividad física a toda persona
con un valor igual o mayor a
200 mg/dL. Aquellas personas
con un valor igual o mayor a
240 mg/dL deberán ser referidas
a médico para la realización de
un perfil lipídico que permita
descartar o confirmar el
diagnóstico de dislipidemia.
Procedimiento:
- Descripción del método: Examen en sangre venosa. No se
requiere ayuno. Más
información, Normas Técnicas
"Dislipidemias", Ministerio de
Salud 2000.
http://www.minsal.cl/Salud
Cardiovascular.
- Profesional responsable: Médico, enfermera, enfermera-
matrona.
- Frecuencia: Cada 3 años.
8. MUJERES DE 50 a 54 AÑOS
Sin perjuicio de la realización de los exámenes indicados para el grupo de 15 y más años, deberá efectuarse en este grupo de población la detección de la siguiente condición:
a) Cáncer de mama
Definición: Es el crecimiento anormal y desordenado de células del epitelio de los conductos o lobulillos mamarios y que tienen capacidad de diseminarse a cualquier sitio del organismo.
Examen: Mamografía.
- Objetivo: Detección precoz de cáncer de
mama para su tratamiento.
- Intervención: Referir a médico a las mujeres
con una mamografía alterada.
Procedimiento:
- Descripción del método: Mamografía bilateral con
radiografía en dos
proyecciones: cráneo caudal y
oblicua medio lateral de cada
mama, que permite identificar
signos sospechosos de cáncer
antes que éste sea palpable. El
examen será informado
utilizando clasificación
BIRADS, donde BIRADS 1 y 2
corresponde a una mamografía
normal. Más información,
http://www.minsal.cl/Cáncer/
Cáncer de mama.
- Frecuencia: Cada 3 años.
- Profesional responsable: En la toma de la mamografía:
tecnólogo médico especializado
en rayos; si no se dispone de
este profesional, puede ser
realizado por otro profesional
de la salud con capacitación
adecuada y la supervisión de un
radiólogo.
Responsable del informe: médico radiólogo, con
capacitación específica en
mamografía.
9. ADULTOS DE 65 Y MÁS AÑOS
Además de la realización de los exámenes indicados para el grupo de 15 y más años, deberá efectuarse en este grupo de población la detección de la siguiente condición:
a) Autonomía funcional
Definición: Es la evaluación de la capacidad del adulto mayor para realizar determinadas acciones, actividades o tareas requeridas en el diario vivir que le permitan mantenerse activo y funcionar en forma independiente y autónoma.
Examen: Evaluación Funcional del Adulto
Mayor (EFAM).
- Objetivo: Discriminar entre personas
adultas mayores autovalentos y
dependientes.
- Intervención: Sumar el puntaje y referir a
aquellas personas dependientes,
puntaje igual o menor a 42.
Procedimiento:
- Descripción del método: Aplicación de la Parte A del
EFAM que consta de 9 preguntas,
cada una con un puntaje y que
evalúa las 4 áreas siguientes:
. Actividades instrumentales
de la vida diaria:
capacidad para ducharse o
bañarse, manejar dinero,
tomar sus medicamentos,
preparar la comida, hacer
las tareas de la casa;
. Función cognitiva:
aplicación del Minimental
Abreviado;
. Escolaridad y años de vida
cumplidos;
. Evaluación funcional del
sistema músculo
esquelético: tren superior
e inferior.
Sumar el puntaje y referir a
aquellas personas dependientes,
puntaje igual o menor a 42,
según Norma Salud del Adulto
Mayor, Ministerio de Salud,
2000. Más información
http://www.minsal.cl/ Salud
Adulto Mayor/EFAM-Chile.
- Frecuencia: Anual.
- Profesional responsable: Miembro del equipo de salud
debidamente capacitado.
Artículo 3º.- Para los efectos de la presente resolución, se entenderá por:
a) Beneficiarios: Personas que sean beneficiarios del Libro II y III del el D.F.L. Nº 1, de 2005, de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763, de 1979 y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469.
b) Prestador o Prestadores de salud: personas naturales o jurídicas que ejecutan acciones de salud, tales como consultorios, consultas, centros médicos, hospitales o clínicas, que formen parte de la Red de Prestadores.
c) Intervención: Conducta a seguir por el integrante del equipo de salud a cargo de la realización del examen respectivo, de acuerdo a los resultados que de él se obtengan y, conforme a las normas técnicas o guías clínicas correspondientes.
d) Problema de Salud: enfermedad, condición de salud o programa determinado en el artículo 2º.
e) Red de Prestadores: Conjunto de prestadores de salud que en virtud de la ley o el contrato entregan las prestaciones comprendidas dentro del examen de medicina preventiva, a los beneficiarios del Fonasa o las Isapres.
El Fonasa otorgará dichas prestaciones a través de la Red Asistencial de cada Servicio de Salud y con los demás prestadores que hubieren celebrado convenio con dicho organismo. Las Isapres otorgarán las prestaciones a través de los prestadores que para tales efectos determinen dichas Instituciones y que deberán constar en el respectivo contrato del afiliado.
Artículo 4º.- Respecto de cada examen indicado en el artículo 2, el Ministerio de Salud dictará las normas técnicas necesarias, de carácter obligatorio, para la realización de los exámenes específicos, con el objeto de uniformar los criterios de ejecución, medición y validación de los exámenes, y a la vez, permitir la evaluación del cumplimiento de los objetivos sanitarios esperados.
Artículo 5º.- El Fondo Nacional de Salud y las Instituciones de Salud Previsional deberán otorgar a sus beneficiarios las prestaciones asociadas al examen de medicina preventiva, en la forma y condiciones señaladas en esta resolución, en el DFL Nº 1, de 2005, de Salud, y en las normas técnicas complementarias.
Artículo 6º.- Para que los beneficiarios tengan derecho al examen de medicina preventiva establecido en esta resolución, será necesario que se cumplan los siguientes requisitos o condiciones:
1) Que se trate de un examen incluido en el artículo 2º de esta resolución.
2) Que el beneficiario sea de aquellos a quienes dicho artículo 2º haya considerado para tener derecho al examen de que se trate.
3) Que el examen se otorgue en la Red de Prestadores.
4) Fonasa y las Isapre deberán informar a sus cotizantes de las prestaciones comprendidas en este examen, de su frecuencia, periodicidad y de la red de atención, al momento del ingreso y una vez al año.
Artículo 7º.- Los exámenes señalados en el artículo 2º precedente se otorgarán a través de la Red de Prestadores del Fonasa y de las Isapres, según corresponda.
Los prestadores deberán estar ubicados en el territorio nacional, sin perjuicio de lo que se estipule en el contrato de salud previsional. Los contratos que contemplen la ejecución de prestaciones en el extranjero, deberán ajustarse a las instrucciones que dicte la Superintendencia de Salud.
Artículo 8º.- La presente resolución entrará en vigencia el día primero del sexto mes siguiente a su publicación en el Diario Oficial.
Artículo 9º.- Derógase a contar de la fecha indicada en el artículo anterior la resolución exenta Nº 1.052, de 15 de diciembre de 2005, del Ministerio de Salud.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Álvaro Erazo Latorre, Ministro de Salud.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Jeanette Vega Morales, Subsecretaria de Salud Pública.