1. Derógase los puntos 5.2, 5.3 y 6 del decreto MOP Nº 40, de 1986, que declara Caminos Nacionales y asigna el Rol Ruta 205, al camino Mariquina- Valdivia, el Rol Ruta 207 al camino Paillaco-Valdivia.

    2. Declárase como Camino Nacional a la Ruta identificada a continuación:
   
    Cruce Ruta 5 (Mariquina)-Cruce Ruta 206 (Valdivia).

    3. Asígnase el Rol Ruta 202 al camino identificado en el punto Nº 2.

    4. Declárase como Camino Nacional a la Ruta identificada a continuación: Cruce Ruta 5 (Paillaco)-Cruce Ruta 202 (Valdivia).

    5. Asígnase el Rol Ruta 206 al camino identificado en el punto Nº 4.

    6. Declárase como Camino Nacional a la Ruta identificada a continuación: Cruce Ruta 5 (Los Lagos)-Valdivia.

    7. Asígnase el Rol Ruta 204 al camino identificado en el punto Nº 6.

    8. Declárase como Camino Nacional a la Ruta identificada a continuación: Cruce Ruta 5-Rapaco-Quilaco-Cruce Ruta 210 (La Unión).

    9. Asígnase el Rol Ruta 208 al camino identificado en el punto Nº 8.

    10. Declárase como Camino Nacional a la Ruta identificada a continuación: Cruce Ruta 5 (Los Tambores)-Cruce Ruta 208 (La Unión).

    11. Asígnase el Rol Ruta 210 al camino identificado en el punto Nº 10.