DELEGA Y CONFIERE FACULTADES DIRECTIVAS EN JEFE(A) DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIONES EXENTAS QUE INDICA

    Núm. 136 exenta.- Santiago, 20 de abril de 2010.- Vistos: Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, especialmente en los artículos 5º y 41º; la resolución Nº 1.600, de la Contraloría General de la República, del año 2008; la ley Nº 19.913, de 2003, que crea la Unidad de Análisis Financiero; el decreto Nº 775, de 2009, del Ministerio de Hacienda; la Ley de Presupuestos vigente; la resolución exenta Nº 13, de 11 de enero de 2010, y la resolución exenta Nº 67, de 3 de marzo de 2010, ambas de la Unidad de Análisis Financiero, y

    Considerando:

    1. Que por razones de facilitar la gestión institucional y los procesos administrativos, es necesario asignar y delegar funciones directivas en el personal de contrata.

    2. Que la Ley de Presupuestos vigente en la glosa Nº 2, correspondiente al presupuesto institucional, establece que el personal a contrata podrá desempeñar las funciones de carácter directivo que se le asignen o deleguen.

    3. Que resulta pertinente entregar otras funciones, además de precisar y complementar las ya indicadas en las referidas resoluciones exentas de esta Unidad de Análisis Financiero números 13, de 11 de enero de 2010, y 67, de 3 de marzo de 2010, y que por lo mismo deben ser dejadas sin efecto.

    Resuelvo:
    1.- Asígnense y deléganse en el funcionario que ocupe el cargo de Jefe(a) de Administración y Finanzas las siguientes funciones directivas:

I.-  Resoluciones u otros actos administrativos relativos a personal:

    1.    Calificar a funcionarios de su dependencia e
          integrar la junta calificadora de la UAF.
    2.    Autorizar y firmar actos que reconozcan
          asignación por antigüedad.
    3.    Autorizar la ejecución de horas extraordinarias.
    4.    Autorizar descanso complementario para compensar
          trabajos extraordinarios.
    5.    Autorizar o postergar feriados legales, su
          fraccionamiento o su acumulación, salvo respecto
          de funcionarios de la Planta Directiva.
    6.    Reconocer licencias médicas para efectos de
          justificación de inasistencia laboral.
    7.    Reconocer, prorrogar y suspender asignaciones
          familiares.
    8.    Reconocer y suspender asignaciones y beneficios
          maternales.
    9.    Reconocer el derecho de hacer uso de permisos
          maternales y paternales.
    10.  Suscribir y autorizar contratos a honorarios a
          suma alzada con personas naturales de hasta un
          valor total de 15 UTM.
    11.  Otorgar y suscribir certificados de renta, para
          la declaración de impuestos.
    12.  Firmar oficios conductores relacionados con
          actos administrativos relativos al personal,
          dirigidos a otros órganos o instituciones
          privadas o públicas, a excepción de los oficios
          para solicitar dictación de decretos de viáticos
          al extranjero.
    13.  Reconocer feriado legal progresivo.
    14.  Autorizar permisos administrativos.

II.- Resoluciones u otros actos administrativos relativos
a materias financieras y económicas:

    1.    Formular anteproyecto de presupuesto anual de la
          UAF.
    2.    Autorizar pago de remuneraciones del personal,
          viáticos, pasajes, transporte, traslados, horas
          extraordinarias, aguinaldos, bonificaciones y
          otros beneficios otorgados por ley.
    3.    Autorizar el pago de honorarios de personas
          naturales.
    4.    Autorizar los fondos de gastos menores para
          operaciones en efectivo y fijar su monto anual.
    5.    Autorizar el pago de gastos del subtítulo 22
          "Bienes y Servicios de Consumo" hasta un monto
          de 100 UTM.
    6.    Firmar libros y documentos contables de ingresos
          y egresos.
    7.    Firmar oficios conductores relacionados con
          actos administrativos relativos a materias
          financieras y económicas, dirigidos a otros
          órganos o instituciones privadas o públicas.
    8.    Firmar órdenes de la rendición de las cauciones
          establecidas en el Art. 68 de la ley Nº 10.336.

III.- Resoluciones u otros actos administrativos relativos a bienes y contratación pública:

    1.    Acordar, aprobar y suscribir convenios o
          contratos para la mantención y reparación de los
          bienes muebles e inmuebles, equipos,
          instalaciones y otros servicios que utilice la
          UAF, hasta por un monto no superior a 50 UTM.
    2.    Autorizar adquisiciones y contrataciones
          inferiores a 10 UTM y las adquiridas mediante la
          modalidad convenio marco por un monto no
          superior a 50 UTM.
    3.    Firmar correspondencia formal con los
          proveedores y contratantes de la UAF.

    Exceptúense de las referidas funciones la aprobación y suscripción de todos aquellos actos que estén sujetos al trámite de toma de razón por parte de la Contraloría General de la República.

    Las mencionadas facultades entrarán a regir a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial de la presente resolución.

    2.- Déjense sin efecto la resolución exenta Nº 13, de 11 de enero de 2010, y la resolución exenta Nº 67, de 3 de marzo de 2010, ambas de la Unidad de Análisis Financiero.
    Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial.- Tamara Agnic Martínez, Directora Unidad de Análisis Financiero.