DELEGA Y CONFIERE FACULTADES DIRECTIVAS EN JEFE(A) DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIONES EXENTAS QUE INDICA
Núm. 136 exenta.- Santiago, 20 de abril de 2010.- Vistos: Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, especialmente en los artículos 5º y 41º; la resolución Nº 1.600, de la Contraloría General de la República, del año 2008; la ley Nº 19.913, de 2003, que crea la Unidad de Análisis Financiero; el decreto Nº 775, de 2009, del Ministerio de Hacienda; la Ley de Presupuestos vigente; la resolución exenta Nº 13, de 11 de enero de 2010, y la resolución exenta Nº 67, de 3 de marzo de 2010, ambas de la Unidad de Análisis Financiero, y
Considerando:
1. Que por razones de facilitar la gestión institucional y los procesos administrativos, es necesario asignar y delegar funciones directivas en el personal de contrata.
2. Que la Ley de Presupuestos vigente en la glosa Nº 2, correspondiente al presupuesto institucional, establece que el personal a contrata podrá desempeñar las funciones de carácter directivo que se le asignen o deleguen.
3. Que resulta pertinente entregar otras funciones, además de precisar y complementar las ya indicadas en las referidas resoluciones exentas de esta Unidad de Análisis Financiero números 13, de 11 de enero de 2010, y 67, de 3 de marzo de 2010, y que por lo mismo deben ser dejadas sin efecto.
Resuelvo:
1.- Asígnense y deléganse en el funcionario que ocupe el cargo de Jefe(a) de Administración y Finanzas las siguientes funciones directivas:
I.- Resoluciones u otros actos administrativos relativos a personal:
1. Calificar a funcionarios de su dependencia e
integrar la junta calificadora de la UAF.
2. Autorizar y firmar actos que reconozcan
asignación por antigüedad.
3. Autorizar la ejecución de horas extraordinarias.
4. Autorizar descanso complementario para compensar
trabajos extraordinarios.
5. Autorizar o postergar feriados legales, su
fraccionamiento o su acumulación, salvo respecto
de funcionarios de la Planta Directiva.
6. Reconocer licencias médicas para efectos de
justificación de inasistencia laboral.
7. Reconocer, prorrogar y suspender asignaciones
familiares.
8. Reconocer y suspender asignaciones y beneficios
maternales.
9. Reconocer el derecho de hacer uso de permisos
maternales y paternales.
10. Suscribir y autorizar contratos a honorarios a
suma alzada con personas naturales de hasta un
valor total de 15 UTM.
11. Otorgar y suscribir certificados de renta, para
la declaración de impuestos.
12. Firmar oficios conductores relacionados con
actos administrativos relativos al personal,
dirigidos a otros órganos o instituciones
privadas o públicas, a excepción de los oficios
para solicitar dictación de decretos de viáticos
al extranjero.
13. Reconocer feriado legal progresivo.
14. Autorizar permisos administrativos.
II.- Resoluciones u otros actos administrativos relativos
a materias financieras y económicas:
1. Formular anteproyecto de presupuesto anual de la
UAF.
2. Autorizar pago de remuneraciones del personal,
viáticos, pasajes, transporte, traslados, horas
extraordinarias, aguinaldos, bonificaciones y
otros beneficios otorgados por ley.
3. Autorizar el pago de honorarios de personas
naturales.
4. Autorizar los fondos de gastos menores para
operaciones en efectivo y fijar su monto anual.
5. Autorizar el pago de gastos del subtítulo 22
"Bienes y Servicios de Consumo" hasta un monto
de 100 UTM.
6. Firmar libros y documentos contables de ingresos
y egresos.
7. Firmar oficios conductores relacionados con
actos administrativos relativos a materias
financieras y económicas, dirigidos a otros
órganos o instituciones privadas o públicas.
8. Firmar órdenes de la rendición de las cauciones
establecidas en el Art. 68 de la ley Nº 10.336.
III.- Resoluciones u otros actos administrativos relativos a bienes y contratación pública:
1. Acordar, aprobar y suscribir convenios o
contratos para la mantención y reparación de los
bienes muebles e inmuebles, equipos,
instalaciones y otros servicios que utilice la
UAF, hasta por un monto no superior a 50 UTM.
2. Autorizar adquisiciones y contrataciones
inferiores a 10 UTM y las adquiridas mediante la
modalidad convenio marco por un monto no
superior a 50 UTM.
3. Firmar correspondencia formal con los
proveedores y contratantes de la UAF.
Exceptúense de las referidas funciones la aprobación y suscripción de todos aquellos actos que estén sujetos al trámite de toma de razón por parte de la Contraloría General de la República.
Las mencionadas facultades entrarán a regir a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial de la presente resolución.
2.- Déjense sin efecto la resolución exenta Nº 13, de 11 de enero de 2010, y la resolución exenta Nº 67, de 3 de marzo de 2010, ambas de la Unidad de Análisis Financiero.
Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial.- Tamara Agnic Martínez, Directora Unidad de Análisis Financiero.