Modifica la Ley N° 20.022, con el objeto de establecer un nuevo plazo para el cierre de los Tribunales del Trabajo que indica.

Esta ley tiene por objeto la fijación de un nuevo plazo para el cierre de determinados tribunales del trabajo pertenecientes al antiguo sistema, extendiendo el plan gradual original, para todos los tribunales de 18 meses desde la entrada en vigencia del sistema en la respectiva región, a 30 meses para determinados tribunales.

Así, como regla general se mantiene el plazo de los 18 meses, salvo en el caso de Antofagasta, La Serena, Rancagua, y de un tribunal de Valparaíso y otro de Concepción, cuyas supresiones se llevarán a cabo después de 30 meses

Asimismo, esta ley establece que, en los casos de Valparaíso y Concepción, la Corte de Apelaciones correspondiente, previo informe técnico de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, determinará qué tribunal será el suprimido en cada plazo.

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    Artículo 2°.- El mayor gasto que represente la aplicación de esta ley se financiará con cargo a reasignaciones de la partida presupuestaria Poder Judicial.".