Modifica el artículo 67 de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, aumentando el plazo para que el Alcalde rinda cuenta pública al Concejo Municipal, en aquellas regiones declaradas zona de catástrofe.

Esta ley agrega un artículo 4° transitorio nuevo, en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, estableciendo que el plazo para rendir cuenta pública se extenderá hasta el 31 de agosto de 2010.

(1 artículo único)


LEY NÚM. 20.439

MODIFICA EL ARTÍCULO 67 DE LEY N° 18.695, ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES, AUMENTANDO EL PLAZO PARA QUE EL ALCALDE RINDA CUENTA PÚBLICA AL CONCEJO MUNICIPAL, EN AQUELLAS REGIONES DECLARADAS ZONA DE CATÁSTROFE

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley originado en una moción de los Diputados Ricardo Rincón González, Guillermo Ceroni Fuentes, Aldo Cornejo González, Juan Carlos Latorre Carmona, Pedro Araya Guerrero, Fuad Chahín Valenzuela, Marcelo Díaz Díaz, Víctor Torres Jeldes y Jorge Ulloa Aguillón

    Proyecto de ley:


    "Artículo único.- Agrégase el siguiente artículo 4° transitorio, nuevo, en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2006, del Ministerio del Interior:
    "Artículo 4°.- En aquellas municipalidades pertenecientes a las regiones declaradas zonas de catástrofe, en conformidad al decreto supremo N° 150, de 2010, del Ministerio del Interior, el plazo a que se refiere el inciso primero del artículo 67 de esta ley se extenderá hasta el 31 de agosto de 2010.".".



    Habiéndose cumplido con lo establecido en el Nº 1º del Artículo 93 de la Constitución Política de la República y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
    Santiago, 28 de abril de 2010.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Rodrigo Hinzpeter Kirberg, Ministro del Interior.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a atte. a Ud., Rodrigo Ubilla Mackenney, Subsecretario del Interior.


    Tribunal Constitucional

    Proyecto de ley que modifica el artículo 67 de la Ley Nº18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, aumentando el plazo para que el alcalde rinda cuenta pública al Concejo Municipal, en aquellas regiones declaradas zona de catástrofe. (Boletín Nº 6901-06)

    La Secretaria del Tribunal Constitucional, quien suscribe, certifica que la Honorable Cámara de Diputados envió el proyecto enunciado en el rubro, aprobado por el Congreso Nacional, a fin de que este Tribunal ejerciera el control de constitucionalidad respecto de las normas que regulan materias propias de ley orgánica constitucional que aquél contiene, y por sentencia de 27 de abril de 2010 en los autos Rol Nº 1.704-10-CPR, declaró:
    El artículo único del proyecto de ley remitido es constitucional.

    Santiago, 27 de abril de 2010.- Marta de la Fuente Olguín, Secretaria.