MODIFICA REQUISITOS ESPECÍFICOS DE INGRESO Y PROMOCIÓN DE LA PLANTA DE PERSONAL DE LA DIRECCIÓN DE ARQUITECTURA DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
D.F.L Núm. 277.- Santiago, 10 de noviembre de 2009.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 64 de la Constitución Política de la República, la facultad que me confiere el artículo 34 de la ley Nº 20.313 y lo establecido en el decreto con fuerza de ley Nº 39, de 2004, del Ministerio de Hacienda, dicto el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
Artículo único.- Modifícanse los requisitos específicos para el ingreso y promoción en la planta del personal y cargos de la Dirección de Arquitectura establecidos en el artículo 2º del decreto con fuerza de ley Nº 139, de 1991, del Ministerio de Obras Públicas, por los siguientes:
Director Nacional de Arquitectura, alternativamente:
i.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 5 años; o
ii.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, más grado académico de Magíster o superior y experiencia profesional mínima de 5 años.
Subdirector Grado 2º y Jefes de División Grado 3º, alternativamente:
i.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 5 años; o
ii.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 7 años.
Jefe de Departamento Grados 4º y 5º, alternativamente:
i.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 6 años; o
ii.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 7 años.
CARGOS DE CARRERA
DIRECTIVOS
Directivo Grado 9º, alternativamente:
i.- Título de Técnico de Nivel Superior otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste y experiencia laboral como Técnico de Nivel Superior de 9 años como mínimo; o
ii.- Título de Técnico de Nivel Medio y desempeño de, a lo menos, 10 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Técnicos; o
iii.- Desempeño de, a lo menos, 10 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Administrativos y haber aprobado curso de gestión directiva de, a lo menos, 60 horas o haber aprobado 60 horas, a lo menos, de capacitación pertinente durante los 3 años inmediatamente anteriores al concurso; o
iv.- Desempeño de, a lo menos, 4 años en cargos de la Planta de Directivos de la Dirección de Arquitectura.
Directivos Grados 10º y 11º, alternativamente:
i.- Título de Técnico de Nivel Superior otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste y experiencia laboral como Técnico de Nivel Superior de 7 años como mínimo; o
ii.- Título de Técnico de Nivel Medio y desempeño de, a lo menos, 9 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Técnicos; o
iii.- Desempeño de, a lo menos, 9 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Administrativos y haber aprobado curso de gestión directiva de, a lo menos, 60 horas o haber aprobado 60 horas, a lo menos, de capacitación pertinente durante los 3 años inmediatamente anteriores al concurso; o
iv.- Desempeño de, a lo menos, 2 años en cargos de la Planta de Directivos de la Dirección de Arquitectura.
Directivos Grado 12º, alternativamente:
i.- Título de Técnico de Nivel Superior otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste y experiencia laboral como Técnico de Nivel Superior de 5 años como mínimo; o
ii.- Título de Técnico de Nivel Medio y desempeño de, a lo menos, 7 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Técnicos; o
iii.- Título de Técnico de Nivel Medio y desempeño de, a lo menos, 5 años en cargos de la Planta de Técnicos de la Dirección de Arquitectura; o
iv.- Estar desempeñándose en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Administrativos por, a lo menos, 7 años y haber aprobado curso de gestión directiva de, a lo menos, 60 horas o haber aprobado 60 horas, a lo menos, de capacitación pertinente durante los 3 años inmediatamente anteriores al concurso de ingreso; o
v.- Estar desempeñándose en cargos de la Planta de Administrativos de la Dirección de Arquitectura por, a lo menos, 5 años y haber aprobado curso de gestión directiva de, a lo menos, 60 horas o haber aprobado 60 horas, a lo menos, de capacitación pertinente durante los 3 años inmediatamente anteriores al concurso de ingreso.
PROFESIONALES
Grado 4º
Título profesional de una carrera de, a lo menos 10 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 5 años.
3 cargos, a lo menos, requerirán título profesional del área de las obras civiles y los demás requisitos señalados precedentemente.
Grado 5º, alternativamente:
i.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 5 años; o
ii.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 6 años.
5 cargos, a lo menos, requerirán título profesional del área de las obras civiles y los demás requisitos señalados precedentemente, según corresponda.
Grado 6º, alternativamente:
i.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 4 años; o
ii.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 6 años.
8 cargos, a lo menos, requerirán título profesional del área de las obras civiles y los demás requisitos señalados precedentemente, según corresponda.
Grados 7º al 9º, alternativamente:
i.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 3 años; o
ii.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 5 años.
11 cargos en el grado 7º, a lo menos, requerirán título profesional del área de las obras civiles y los demás requisitos señalados precedentemente, según corresponda.
Grado 10º, alternativamente:
i.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 1 año; o
ii.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 2 años.
Grado 11º, alternativamente:
i.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración; o
ii.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 2 años.
Grado 12º, alternativamente:
i.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración; o
ii.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 1 año.
Grados 13º al 17º
Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración.
TÉCNICOS
Grados 9º y 10º:
Título de Técnico de Nivel Superior otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste y experiencia laboral como Técnico de Nivel Superior de 5 años como mínimo.
Grados 11º al 14º, alternativamente:
i.- Título de Técnico de Nivel Superior otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste y experiencia laboral como Técnico de Nivel Superior de 4 años como mínimo; o
ii.- Título Técnico de Nivel Medio y experiencia laboral como Técnico de Nivel Medio de 6 años como mínimo.
Grados 15º al 18º, alternativamente:
i.- Título de Técnico de Nivel Superior otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste y experiencia laboral como Técnico de Nivel Superior de 2 años como mínimo; o
ii.- Título Técnico de Nivel Medio y experiencia laboral como Técnico de Nivel Medio de 4 años como mínimo.
Grados 19º al 21º, alternativamente:
i.- Título de Técnico de Nivel Superior otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste; o
ii.- Título Técnico de Nivel Medio y experiencia laboral como Técnico de Nivel Medio de 2 años como mínimo.
Grado 22º:
Título Técnico de Nivel Medio.
ADMINISTRATIVOS
Grados 12º y 13º: Licencia de Enseñanza Media o equivalente y experiencia laboral mínima de 5 años.
Grados 14º al 18º: Licencia de Enseñanza Media o equivalente y experiencia laboral mínima de 3 años.
Grados 19º y 20º: Licencia de Enseñanza Media o equivalente y experiencia laboral mínima de 2 años.
Grados 21º al 23º: Licencia de Enseñanza Media o equivalente.
AUXILIARES
Grado 18º: Licencia de Enseñanza Media o equivalente y experiencia laboral mínima de 3 años.
Grados 19º y 20º: Licencia de Enseñanza Media o equivalente y experiencia laboral mínima de 2 años.
Grados 21º al 23º: Licencia de Enseñanza Media o equivalente.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Artículo transitorio único.- Los funcionarios que a la fecha de la entrada en vigencia del presente decreto con fuerza de ley se encuentren desempeñando cargos de planta o a contrata en la Dirección de Arquitectura podrán ser nombrados, promovidos o contratados cumpliendo indistintamente los requisitos contemplados en este texto legal o los establecidos en el DFL Nº 139, de 1991, del Ministerio de Obras Públicas.
Respecto de quienes, a la fecha de la entrada en vigencia del presente decreto con fuerza de ley, se encuentren desempeñando cargos afectos al Sistema de Alta Dirección Pública, no les serán exigibles los requisitos establecidos en el artículo anterior, siendo éstos exigibles sólo una vez que dichos cargos queden vacantes por cualquier causa.
Anótese, tómese razón, y publíquese.- EDMUNDO PÉREZ YOMA, Vicepresidente de la República.- Sergio Bitar Chacra, Ministro de Obras Públicas.- Andrés Velasco Brañes, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., María Loreto Silva Rojas, Subsecretaria de Obras Públicas.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
División Jurídica
Cursa con alcance decreto con fuerza de ley Nº 277, de 2009, del Ministerio de Obras Públicas
Núm. 17.738.- Santiago, 6 de abril de 2010.
Esta Contraloría General ha tomado razón del decreto con fuerza de ley Nº 277, de 2009, del Ministerio de Obras Públicas, que modifica requisitos específicos de ingreso y promoción de la planta de personal de la Dirección de Arquitectura de esa Secretaría de Estado, establecidos en el artículo 2º del decreto con fuerza de ley Nº 139, de 1991, del mismo Ministerio, por ajustarse a derecho.
No obstante lo anterior, en lo que concierne a lo dispuesto en el artículo transitorio único del texto normativo en estudio, esta Contraloría General entiende que los requisitos establecidos en su artículo único serán exigibles a los funcionarios que, a la fecha de entrada en vigencia del decreto con fuerza de ley en trámite, se encuentren desempeñando cargos de planta o a contrata en la referida Dirección, sólo una vez que cesen en ellos por cualquier causa y respecto de nuevos nombramientos o designaciones.
Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga, Contralor General de la República.
Al señor
Ministro de Obras Públicas
Presente.