ACEPTA RENUNCIA NO VOLUNTARIA AL CARGO DE SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE MINERÍA DE LA REGIÓN METROPOLITANA DEL SEÑOR RENÉ OSVALDO PERAGALLO SEPÚLVEDA

    Núm. 62.- Santiago, 26 de abril de 2010.- Vistos: La carta de renuncia no voluntaria de fecha 9 de abril de 2010, que se adjunta, del Secretario Regional Ministerial de Minería de la Región Metropolitana; decreto supremo Nº 87, de fecha 17 de abril de 2007, del Ministerio de Minería; lo dispuesto en el artículo 32, número 10 de la Constitución Política de la República; el DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; en el DFL Nº 1, de 2009, que modifica el DFL Nº 6, de 1990, ambos del Ministerio de Minería; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; en uso de las facultades que me confiere la ley,

    Decreto:

    Artículo primero: Acéptase a contar del día 20 de abril de 2010, la renuncia no voluntaria presentada por don René Osvaldo Peragallo Sepúlveda, RUT Nº 6.198.903-K, funcionario grado 5º de la EUS, al cargo de Secretario Regional Ministerial de Minería de la Región Metropolitana, de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Minería en el que fue nombrado mediante decreto supremo Nº 87, de fecha 17 de abril de 2007.

    Artículo segundo: Declárase que el funcionario antes mencionado no se encuentra sujeto a sumario administrativo, ni tiene cargos pendientes.

    Anótese, regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Laurence Golborne Riveros, Ministro de Minería.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento, por orden del Subsecretario de Minería.- Saluda atentamente a usted, Jorge Gómez Oyarzo, Jefe División Jurídica.