Art. 5º. Los establecimientos educacionales de las Ley Nº 20.370 Art.
5º Transitorio D.O.
12.09.2009
Instituciones de la Defensa Nacional que a la fecha de publicación de la ley Nº 20.370 impartan educación media, deberán ajustarse a lo prescrito en los artículos 44 y 46 en el plazo de cuatro años contado desde la fecha referida.