Art. 9º. Tratándose de establecimientos educacionales Ley Nº 20.370 Art.
9º Transitorio D.O.
12.09.2009
que impartan exclusivamente enseñanza parvularia, el Ministerio de Educación podrá encomendar a otros organismos públicos relacionados o dependientes del mismo, la certificación del cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 46 de esta ley.