Reajusta el monto del ingreso mínimo mensual.

Aumenta, a contar del 1 de julio de 2010, de $165.000 a $172.000 el monto del ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 18 años de edad y hasta de 65 años de edad.

Aumenta además, a contar del 1 de julio de 2010, de $123.176 a $128.402 el monto del ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 65 años de edad y para los trabajadores menores de 18 años de edad.

Asimismo, el monto que se emplea para fines no remuneracionales aumenta, a contar del 1 de julio de 2010, de $106.435 a $110.950.

A contar del 1 de agosto de 2010, las asignaciones familiar y maternal tendrán los siguientes valores, según el ingreso mensual del beneficiario:

El subsidio familiar establecido en el artículo 1º de la ley Nº 18.020, se fija en $6.776 a contar del primer día del mes siguiente de la publicación de esta ley.

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    Artículo 3°.- Fíjase en $6.776 a contar del primer día del mes siguiente de la publicación de esta ley, el valor del subsidio familiar establecido en el artículo 1º de la ley Nº 18.020.