Artículo 2º.- Para el cumplimiento de su función de asesorar al Presidente de la República en las materias antes indicadas, corresponderá a la Comisión, en especial las siguientes tareas:

    1. Recomendar cambios en torno a los subsidios entregados con motivo de la enfermedad grave de los hijos menores de edad.
    2. Revisar y proponer cambios a la normativa vigente en relación al costo que deben asumir las madres por las salas cunas de sus hijos.
    3. Proponer cambios a la normativa vigente en relación al derecho a dar alimentos a los hijos y al fuero maternal.
    4. Revisar la normativa vigente en torno al permiso pre y post natal y proponer modificaciones a la misma, tanto de los hijos biológicos como de los adoptivos y de los nacidos antes de la fecha de parto.
    5. Revisar la normativa vigente que consagra el permiso paternal por nacimiento de un hijo y proponer reformas a la misma.
    6. Revisar la normativa que consagra el permiso por concesión de tuición judicial o cuidado personal.