ARTÍCULO SEGUNDO: Para los efectos de la primera designación de los integrantes del Comité Asesor al que se refiere este reglamento, que asesorará en la administración de los recursos allegados al Fondo, en conformidad con las disposiciones de la Ley N° 20.444, con ocasión del terremoto o maremoto ocurrido el día 27 de febrero de 2010, el plazo señalado en el inciso primero del artículo 6° se contará a partir de la fecha de la publicación del presente reglamento.