Establece la gratuidad de las solicitudes de regularización de la posesión y constitución del dominio de la pequeña propiedad raíz regulada por el D.L. N° 2.695, de 1979, en las zonas afectadas por el terremoto y maremoto de 27 de febrero del año 2010.

Esta ley dispone que los damnificados de las regiones de Valparaíso, Metropolitana, del Libertador General Bernardo O'Higgins, del Maule, del Bío Bío y de la Araucanía, podrán hacer gratis el trámite de regularización de posesión de la pequeña propiedad raíz, y así agilizar la postulación a subsidios de reparación y reconstrucción. Esto se aplicará a todas las solicitudes de regularización que se presenten a partir de la vigencia de esta ley y por el plazo de un año contado desde dicha fecha. Asimismo, se aplicará respecto de aquellas solicitudes de regularización que se encuentren en trámite a la fecha de publicación de la presente ley.

Consta de 6 artículos permanentes.

    Artículo 6º.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante el presente año, se financiará con cargo al presupuesto del Ministerio de Bienes Nacionales y, en lo que faltare, con cargo a la partida del Tesoro Público.".