Por resolución Nº 04/2010 exenta, de fecha 25 de agosto 2010, de la Dirección Zonal de Pesca de las Regiones V a IX e Islas Oceánicas, modifíquese el numeral 2º letras a) y b) de la resolución exenta Nº 831 de 2010, de esta Subsecretaría, y sus modificaciones posteriores, que distribuye la fracción artesanal de pesquería de Anchoveta y Sardina común en la VIII Región, sometida al Régimen Artesanal de Extracción por unidad de asignación organizaciones de pescadores artesanales para el período comprendido entre la fecha de entrada en vigencia de la resolución antes indicada y el 31 de diciembre de 2010, en el sentido de modificar las asignaciones para el recurso Anchoveta y Sardina común, correspondientes a las organizaciones artesanales: Sindicato Independiente de Armadores y Pescadores Afines, SARPE, Registro Sindical único Nº 08050398 y la Asociación de Armadores Artesanales y Actividades Afines de la Octava Región, ARPESCA A.G., Registro de Asociaciones Gremiales Nº 429-8, de acuerdo con lo siguiente:

   


    Concepción, 25 de agosto de 2010.- Sigisfredo Scheuermann G., Subsecretario de Pesca.