Artículo 24°.- El Ministro de Hacienda certificará y determinará, sobre la base de los antecedentes proporcionados por el Ministerio del Medio Ambiente, lo siguiente:

    a.  El grado de cumplimiento de cada una de las metas asociadas al componente institucional de la asignación de gestión conforme a las prioridades y ponderaciones que se hubieren establecido, respecto del período de ejecución respectivo, así como el grado de cumplimiento global de la institución y el porcentaje del componente institucional de la asignación de gestión a que se refiere el literal a) del artículo 13 del presente decreto con fuerza de ley, que le corresponderá recibir durante el año respectivo a los funcionarios de la institución.
    El grado de cumplimiento de cada meta se determinará comparando la cifra o valor efectivo, alcanzada al 31 de diciembre del año respectivo, con la cifra o valor comprometido. El valor máximo que podrá alcanzar el grado de cumplimiento de una meta será igual a 100 por ciento.
    El grado de cumplimiento global de la institución se calculará multiplicando el grado de cumplimiento de cada meta, determinado de acuerdo al párrafo anterior, por el ponderador que le haya sido asignado, sumándose luego cada uno de esos resultados parciales.
    b.  El grado de cumplimiento de cada una de las metas asociadas al componente colectivo de la asignación de gestión, de cada equipo, unidad o área de trabajo, conforme a las prioridades y ponderaciones que se hubieren establecido, respecto del período de ejecución respectivo, así como el grado de cumplimiento global de cada equipo, unidad o área de trabajo y el porcentaje del componente colectivo de la asignación de gestión a que se refiere el literal b) del artículo 13 del presente decreto con fuerza de ley, que le corresponderá recibir durante el año respectivo a los funcionarios que integren los respectivos equipos, unidades o áreas de trabajo de la Superintendencia.
    El grado de cumplimiento de cada meta se determinará comparando la cifra o valor efectivo alcanzado al 31 de diciembre del año respectivo con la cifra o valor comprometido. El valor máximo que podrá alcanzar el grado de cumplimiento de una meta será igual a 100 por ciento.
    El grado de cumplimiento global del equipo, unidad o área de trabajo se calculará multiplicando el grado de cumplimiento de cada meta, determinado de acuerdo al inciso anterior, por el ponderador que le haya sido asignado, sumándose luego cada uno de esos resultados parciales.