FIJA NORMAS URBANÍSTICAS PARA EL SECTOR DE AMPLIACIÓN DE CALLE ANDRÉS BELLO PROYECTADA EN PLAN REGULADOR VIGENTE, CUYA DECLARACIÓN DE UTILIDAD PÚBLICA HA CADUCADO

    Núm. 1.615.- La Calera, 26 de julio de 2010.- Vistos:
    Lo estipulado por el artículo 59º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones vigente.
    La Circular Ordinaria Nº 136 (DDU 229) del 15.02.2010 de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, respecto a la aplicación del artículo 59º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, sobre el procedimiento para establecer nuevas normas urbanísticas aplicables a terrenos cuya declaratoria de utilidad pública hubiere caducado.
    La Circular Ordinaria Nº 135 (DDU 143) del 15.04.2005 que imparte instrucciones sobre la aplicación de la ley Nº 19.939 del 13.02.2004 relativo a la caducidad de las Declaratorias de Utilidad Pública establecidas en los Planes Reguladores.
    El Ordinario Nº 19/2010 del 24.03.2010 de la Municipalidad de La Calera a la Secretaria Regional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo solicitando el levantamiento de la Declaratoria de Utilidad Pública para la extensión propuesta a calle Andrés Bello, en La Calera, y la asignación de la zonificación Z2 a los terrenos liberados, según el Plan Regulador vigente.
    El Ordinario Nº 879 del 19.05.2010 del Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Secretaría Regional Ministerial del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en que se informa favorablemente respecto a la solicitud de levantamiento de la Declaratoria de Utilidad Pública y a la fijación de las normas urbanísticas propuestas para el sector desafectado, consistente en aproximadamente 1.784 m2.
    Las facultades que me confiere la ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y el artículo Nº 59 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones antes mencionado,

    Decreto:
    Fíjense las normas urbanísticas para el sector de la ampliación de calle Andrés Bello proyectada en el Plan Regulador vigente, cuya Declaración de Utilidad Pública ha caducado por sola virtud del artículo 59º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, según el punto número 2 siguiente.
    Asimílese el sector liberado en cuestión a las Normas Urbanísticas existentes en la zona Z2 del Plano Regulador de La Calera vigente a la fecha de este decreto alcaldicio, conforme se especifica en dicho instrumento de Planificación Comunal, siendo ésta la zonificación predominante en los terrenos adyacentes al terreno en comento, conforme lo estipula el artículo mencionado de la Ley General de Urbanismo y Construcción.
    Inclúyase el presente decreto y sus antecedentes en el Plan Regulador vigente de La Calera.

    Publíquese el presente decreto alcaldicio en el Diario Oficial, en la forma establecida en el artículo 59º antes mencionado.
    Anótese, comuníquese y transcríbase.- Alicia Soledad Alfaro Díaz, Alcaldesa (S).- María Susana Belmar Ahonzo, Secretaria Municipal.- María Eugenia Carmona Zuleta, Contralor Municipal (S).