DECLARA MONUMENTO NACIONAL, EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO, LA "IGLESIA DE LOICA", UBICADA EN LA COMUNA DE SAN PEDRO, REGIÓN METROPOLITANA
Núm. 373.- Santiago, 10 de septiembre de 2010.- Considerando:
La solicitud de declaración de Monumento Histórico para la Iglesia de Loica, presentada por el Alcalde de San Pedro don Florentino Flores, que cuenta con el apoyo de distintas organizaciones locales y comunales, tales como la Unión Comunal de Adulto Mayor, Centro de Madres La Estrella, la Junta de Vecinos La Pataguilla, el Grupo Juvenil "Gente Joven" de Loica, el Centro de Madres de Loica Centro, el Club Adulto Mayor Cristóbal Colón, y las cartas de apoyo de don Enrique Troncoso, Obispo de Melipilla, y don Miguel Jordá, Párroco de San Pedro de Melipilla;
Que, la Iglesia de Loica se ubica en la localidad de Loica Bajo, emplazada a metros del estero Loica, en la comuna de San Pedro, a 45 Km. de Melipilla, último rincón 100% rural de la Región Metropolitana;
Que, el edificio actual fue construido el año 1926, luego de que un terremoto destruyera el original que databa de antes de 1856. Las modificaciones que ha tenido la Iglesia corresponden a obras de reparación producto de las consecuencias del terremoto de 1985, que dañó severamente el muro testero. De todas estas reparaciones existe registro y podrán tomarse en cuenta para futuras restauraciones y así no afectar la autenticidad de construcción;
Que, la Iglesia de Loica, junto con la iglesia de Petorca y la Iglesia de Alhué, declaradas como monumento histórico en 1995 y 1974, respectivamente, forma parte de una trilogía de iglesias fundadas por los Jesuitas en sus misiones de evangelización en la zona central;
Que, la Iglesia de Loica es desde los años ochenta sede del "Encuentro Nacional de Canto a lo Humano y lo Divino", manifestación religiosa que da cuenta de la evangelización jesuita, pues fue esta congregación la que introdujo el canto en Décimas, expresión sincrética que funde la melodía chilena y el compás español, y que lleva más de 400 años en nuestro país, y que se arraigó fuertemente en la zona central de Chile;
Que, la Iglesia se encuentra emplazada en un entorno rural, muy cerca del estero de Loica, el cual debe cruzarse mediante un puente peatonal para acceder a la misma y está compuesta de dos volúmenes, una nave y un torreón. Su arquitectura posee elementos neoclásicos como el frontón y las pilastras, sobresaliendo su campanario, techado a cuatro aguas. Asimismo, posee un corredor lateral y por el lado se le adosa perpendicularmente su casa parroquial, la que resultó destruida con el terremoto y fue reconstruida conservando su volumetría y expresión. La importancia de esta casa parroquial radica en la definición de un patio delantero, conformando un gran atrio y área de encuentro.
Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la ley Nº 17.288; el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; los Oficios Ordinarios Nºs. 5.078 de 26 de noviembre de 2009, y 1.096, de 10 de marzo de 2010, ambos del Consejo de Monumentos Nacionales; las Actas de Sesión del Consejo de Monumentos Nacionales de 9 de septiembre de 2009 (punto 201) y de 13 de enero de 2010 (punto 60); la carta de apoyo del señor Enrique Troncoso Troncoso, Obispo de Melipilla, de fecha 13 de mayo de 2009, que consta en el expediente de solicitud (página 75), y del señor Miguel Jordá, párroco de San Pedro de Melipilla, de fecha 4 de diciembre de 2008, que consta en el expediente de solicitud (página 76), y la resolución Nº 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República.
Decreto:
Artículo único: Declárase Monumento Nacional en la categoría de Monumento Histórico, la Iglesia de Loica, ubicada en la localidad de Loica, comuna de San Pedro, provincia de Melipilla, Región Metropolitana, delimitado por el polígono acordado por el Consejo de Monumentos Nacionales, en los siguientes términos: al Sur-Poniente: línea oficial por calle Camino Público de Loica; al Nor-Poniente: a 10 mts. sobre líneas de pilares de corredor contiguo a la iglesia; al Nor-Oriente: a 10 mts. sobre línea de edificación de iglesia y casa patronal; al Sur-Oriente: 5 mts. sobre línea de edificación de casa patronal.
El área protegida comprende una superficie aproximada de 4.624,23 mts2, la que se grafica en el polígono con las letras A-B-C-D-A del plano adjunto, que forma parte del presente decreto y cuyo detalle es el siguiente:

Anótese, tómese razón y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Joaquín Lavín Infante, Ministro de Educación.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Fernando Rojas Ochagavía, Subsecretario de Educación.