DECLARA MONUMENTO NACIONAL EN LA CATEGORÍA DE ZONA TÍPICA O PINTORESCA AL "CONJUNTO EMPART DE ÑUÑOA" UBICADO EN SECTOR QUE INDICA DE LA COMUNA DE ÑUÑOA, PROVINCIA DE SANTIAGO, REGIÓN METROPOLITANA
Núm. 377.- Santiago, 14 de septiembre de 2010.- Considerando:
Que, el Consejo de Monumentos Nacionales recibió solicitud de las señoras Carolina Albornoz Bravo, Presidenta del Centro Cultural y de Adelanto Keluwe, y de Carolina Videla Concha, Presidenta del Comité de Administración del Complejo Habitacional Salvador y Ampliación Ñuñoa, para declarar Monumento Nacional en la categoría de Zona Típica o Pintoresca al "Conjunto EMPART de Ñuñoa", que en la actualidad se denomina Complejo Habitacional Salvador y Ampliación Ñuñoa, mismo que se encuentra emplazado en el sector rodeado por las calles: al Norte, Suárez Mujica; al Oriente, Avenida Salvador; al Sur Oriente, Avenida Sur; y al Sur, Lo Encalada. Y atravesado a su vez por la Avenida Grecia, todas arterias de la comuna de Ñuñoa, Provincia de Santiago, Región Metropolitana;
Que, la solicitud de declaratoria se enmarca en el estudio y elaboración de la "Propuesta Metodológica de Protección Integral para Barrios e Inmuebles en la comuna de Ñuñoa", la cual fue elaborada por la Secretaría Ejecutiva del Consejo de Monumentos Nacionales, con el fin de avanzar en la línea de una mejor preservación del patrimonio arquitectónico, urbano, ambiental, paisajístico e histórico de esa comuna, al amparo de lo dispuesto en la ley Nº 17.288;
Que, en la sesión del miércoles 14 de octubre de 2009, se aprobó por unanimidad declarar como Monumento Nacional en la categoría de Zona Típica o Pintoresca al Conjunto EMPART de Ñuñoa, habiendo tenido en cuenta para ello los siguientes aspectos:
a) El apoyo de la iniciativa recibido por parte del alcalde de la Ilustre Municipalidad de Ñuñoa, señor Pedro Sabat Pietracaprina, que mediante el oficio Ord. NºA 1200/43 de 19/04/2007 avaló la Propuesta Metodológica de Protección Integral para Barrios e Inmuebles en la comuna de Ñuñoa, donde se incluía el conjunto habitacional materia de esta declaratoria de Zona Típica o Pintoresca.
b) Sus valores urbanos, manifestados en el conjunto de viviendas, que responden a la conformación y disposición de los bloques distribuidos e integrados a la trama urbana, que flanquean la Avenida Grecia, y se constituyen en una puerta de entrada a la comuna de Ñuñoa, en lo que era parte de los terrenos de la Chacra Lo Encalada.
c) La conformación de los espacios entre bloques de vivienda, tiene la calidad de responder a espacios de carácter semipúblico, generándose una integración entre las viviendas y el espacio público. Debido a la proporción, tamaño, distanciamiento entre bloques, altura y morfología, este conjunto habitacional responde al prototipo urbano del "Hoff Vienés", que sigue los modelos distinguibles en el conjunto de viviendas de Karl Marx Hoff en Viena, Austria.
d) Que fue la Caja de Previsión de Empleados Particulares la entidad que encargó el proyecto habitacional al arquitecto Enrique Pérez Castelblanco. Los permisos municipales de construcción fueron emitidos entre los años 1945 y 1947, siendo a partir del año 1948 la época en la cual comenzaron a ser habitados los departamentos que forman parte del conjunto habitacional.
e) Que el conjunto habitacional responde a una propuesta vanguardista para la época, constituyéndose en uno de los primeros conjuntos de bloques de vivienda residencial desarrollados en la comuna de Ñuñoa, fruto de la modernidad y marcando parte de la historia de esa comuna.
f) Desde el punto de vista arquitectónico, los bloques poseen una altura de 4 pisos, con cubierta de vertientes a 4 aguas, generando mejores soleamientos para los espacios intermedios. La disposición en la planta de cada bloque, responde a la geometría que determina el trazado de la Avenida Grecia, otorgándole dinamismo producto del trazado diagonal. Lo anterior resulta enriquecido con las nueve distintas tipologías de bloques, que generan variedad y calidad a cada familia que habita el lugar.
g) Desde el punto de vista paisajístico, el conjunto mantiene unidad ambiental con la presencia de variadas especies arbóreas, con alrededor de 2.5 hectáreas de terrenos verdes que incorporan en total unos 770 ejemplares arbóreos correspondientes a 56 especies distintas, todo lo cual otorga gran calidad natural e integración a escala con las viviendas, posibilitando el uso comunitario de ellas.
h) Los vecinos del conjunto habitacional son concientes del valor que poseen sus viviendas, logrando una importante cohesión social, al organizarse comunitariamente e interpretar sus actuales problemáticas, favoreciendo la vida de barrio.
i) Las 232 firmas de apoyo de los vecinos del complejo habitacional, reflejan el interés de los propietarios y arrendatarios, algunos de ellos familiares de los jefes de hogar que trabajaban para la Caja de Previsión de Empleados Particulares, para conservar el valor patrimonial del lugar.
j) Que en la actualidad el conjunto mantiene su destino como residencial tal como fue concebido originalmente, de intensa vida social, el cual es muy representativo de la clase media ñuñoína.
Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 17.288; decreto supremo Nº 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; oficios Ord. Nº 1.901 de 19/04/2010, Nº 3.037 de 03/06/2010 y Nº 4.048 de 16/08/2010 todos del Secretario Ejecutivo del Consejo de Monumentos Nacionales; Acta de la Sesión de 14 de octubre de 2009 (punto 88) del Consejo de Monumentos Nacionales; solicitud de declaración de Zona Típica de las señoras Carolina Albornoz, del Centro Cultural Keluwe y Carolina Videla, Presidenta del Comité de Administración del Complejo Habitacional Salvador y Ampliación de Ñuñoa de fecha 05/10/2009; oficio Ord. NºA 1200/43 de 19/04/2007 del Alcalde de la Municipalidad de Ñuñoa; Listado de firmas de apoyo de propietarios y arrendatarios del Complejo Habitacional; y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República,
Decreto:
Artículo único: Declárase Monumento Nacional en la categoría de Zona Típica o Pintoresca al "Conjunto EMPART de Ñuñoa", ubicado en la actualidad en el sector de Ñuñoa, donde se encuentra el Complejo Habitacional Salvador y Ampliación Ñuñoa, Provincia de Santiago, Región Metropolitana, cuyos límites se señalan a continuación, sobre la base del polígono propuesto:
. El área protegida tiene una superficie de 61.173,84 mts2, según se delimita por el polígono 1-2-3-4-5-6-7-1 del plano adjunto, que forma parte del presente decreto.
Anótese, tómese razón y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Joaquín Lavín Infante, Ministro de Educación.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Fernando Rojas Ochagavía, Subsecretario de Educación.