PROMULGA MODIFICACIÓN Nº 25 AL PLAN REGULADOR COMUNAL DENOMINADA "SECTOR AV. CAROLINA RABAT"

    Secc. 1ª Núm. 3/3202.- Vitacura, 12 de octubre de 2010.- Vistos y considerando:

1.  La proposición de Modificación al Plan Regulador Comunal de Vitacura, denominada "Sector Av. Carolina Rabat", que comprende la modificación de los artículos Nº 41, 43 y 47 de la Ordenanza Local y de los planos de Edificación (Lámina 1), de Usos de Suelo (Lámina 2) y de Vialidad (Lámina 3) del Plan Regulador Comunal.

2.  Que el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria Nº 564 de fecha 12 de diciembre de 2007, mediante el acuerdo Nº 2.330 aprueba dar inicio al proceso legal de la Modificación al Plan Regulador Comunal de Vitacura, denominada "Sector Av. Carolina Rabat".

3.  Que se enviaron cartas a través de correo certificado a las Juntas de Vecinos existentes en la Comuna, informando el inicio de la tramitación y Primera Audiencia Pública de la modificación al Plan Regulador Comunal de Vitacura "Sector Av. Carolina Rabat".

4.  Que el Concejo Municipal, en sesión de fecha 26 de diciembre de 2007, convoca a la Primera Audiencia Pública, informada mediante avisos de prensa los días 12 y 19 de diciembre de 2007, ambos publicados en el diario El Mercurio.

5.  Que se convocó al Consejo Económico y Social Comunal (CESCO) el día 26 de diciembre 2007, con el objeto de informar el inicio de la tramitación de la modificación al Plan Regulador Comunal de Vitacura "Sector Av. Carolina Rabat".

6.  Que se realizó la exposición al público durante 30 días, período comprendido desde el 27 de diciembre de 2007 y hasta el 27 de enero de 2008, de acuerdo a lo establecido en el Art. 2.1.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

7.  Que la resolución exenta Nº 657, de fecha 7 de agosto de 2009, de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región Metropolitana de Santiago, resuelve calificar ambientalmente favorable el proyecto de Modificación al Plan Regulador Comunal de Vitacura, denominada "Sector Av. Carolina Rabat".

8.  Que el Concejo Municipal, en sesión de fecha 23 de septiembre de 2009, convocó a la Segunda Audiencia Pública, informada mediante avisos de prensa los días 9 y 16 de septiembre de 2009, ambos publicados en el diario El Mercurio.

9.  Que durante el período legal de 15 días, comprendido desde el 24 de septiembre de 2009 y hasta el 8 de octubre de 2009, se recibieron 11 cartas con observaciones al proyecto de modificación al Plan Regulador Comunal, denominado "Sector Av. Carolina Rabat".

10.  Que de acuerdo a las cartas con observaciones recibidas y considerando especialmente lo señalado en la carta del Director de la Universidad Federico Santa María (UFSM) campus Santiago, ingreso Nº 263, de fecha 2 de octubre de 2009, firmada por el Sr. Patricio Guzmán Bonet, Director de UFSM, campus Santiago, mediante la cual se desiste de modificar las condiciones de edificación para su predio, por cuanto las condiciones actuales, correspondientes al área E-Ab2, son más que satisfactorias para los requerimientos de su sede universitaria y mantiene la solicitud de modificar el Uso de Suelo, reconociéndose la condición del predio como Educacional.

11.  Que con la carta mencionada en el Visto Nº 10 del presente decreto, se subsanan la mayoría de las observaciones expuestas por los vecinos en sus cartas, se elaboró una nueva propuesta de modificación para el Sector Av. Carolina Rabat que contiene las sugerencias y observaciones de los vecinos que participaron en el proceso de debate que contempla la Ley para esta situación.

12.  Que producto de la nueva propuesta de modificación al PRCV, Sector Av. Carolina Rabat, el Concejo Municipal determinó una nueva exposición al público de la modificación, durante 30 días, desde el 20 de octubre y hasta el 20 de noviembre de 2009, informada a la comunidad, a través de avisos de prensa publicados en el diario El Mercurio los días 8 y 15 de octubre de 2009.

13.  Que el Concejo Municipal, en sesión de fecha 9 de diciembre de 2009, convocó a la Tercera Audiencia Pública, informada mediante avisos de prensa los días 25 de noviembre y 2 de diciembre de 2009, ambos publicados en el diario El Mercurio.

14.  Que durante el plazo legal de 15 días, establecidos en el Art. 2.1.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, para la recepción de observaciones al proyecto, período comprendido desde el 10 de diciembre y hasta el 24 de diciembre de 2009, no se recibieron observaciones a la propuesta de modificación al Plan Regulador Comunal de Vitacura "Sector Av. Carolina Rabat".

15.  Que se convocó al Consejo Económico y Social Comunal (CESCO) para el 5 de enero de 2010, con el objeto de informar sobre el proyecto de modificación y comunicar que durante el plazo legal de 15 días, desde el 10 de diciembre y hasta el 24 de diciembre de 2009, no se recibieron cartas con observaciones al proyecto de modificación "Sector Av. Carolina Rabat".

16.  Que el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria Nº 637, de fecha 6 de enero de 2010, tomó conocimiento que no se recibieron observaciones a la propuesta de modificación y mediante el acuerdo Nº 2882, por la unanimidad de los concejales presentes aprueban la Modificación Nº 25 al Plan Regulador Comunal de Vitacura, denominada "Sector Av. Carolina Rabat".

17.  Que mediante el decreto alcaldicio sección 1ª Nº 3/86, de fecha 6 de enero de 2010, se aprueba la Modificación Nº 25 al Plan Regulador Comunal de Vitacura, denominada "Sector Av. Carolina Rabat", que comprende la modificación de los artículos Nº 41, 43 y 47 de la Ordenanza Local y de los planos de Edificación (Lámina 1), de Usos de Suelo (Lámina 2) y de Vialidad (Lámina 3) del Plan Regulador Comunal.

18.  Que la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, a través del Of. Ord. Nº 1.654, de fecha 19 de abril de 2010 emite Informe Técnico Desfavorable al Proyecto de Modificación Nº 25 al PRC de Vitacura Sector Carolina Rabat.

19.  Que la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, mediante el Of. Ord. Nº 1.950, de fecha 7 de mayo de 2010, informa contenido de pronunciamiento del nivel central del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, respecto al procedimiento para Modificación al PRC de Vitacura "Sector Av. Carolina Rabat", que incluye una vía local cuya afectación a utilidad pública caducó, según Art. 59 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

20.  Que a través del Ord. Nº 39, de fecha 17 de mayo de 2010, por intermedio del Presidente de la Unidad Vecinal, se informó a la Junta de Vecinos A-13 "Santa María de Manquehue", la reformulación de la modificación "Sector Av. Carolina Rabat", producto de la revisión oficial de la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, documento despachado a través de correo certificado.

21.  Que el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria Nº 652, de fecha 26 de mayo 2010, mediante el acuerdo Nº 2.965 aprobó reformular el proyecto de Modificación Nº 25 "Sector Av. Carolina Rabat", conteniendo sólo la modificación de los artículos 43 y 47 de la Ordenanza y los planos de Usos de Suelo (Lámina 2) y de Vialidad (Lámina 3) del Plan Regulador Comunal de Vitacura.

22.  Que mediante el decreto alcaldicio sección 1ª Nº 3/1964 de fecha 14 de junio de 2010, se reformula la Modificación Nº 25 al Plan Regulador Comunal de Vitacura, denominada "Sector Av. Carolina Rabat", en cuanto, sólo comprende la modificación de los artículos Nº 43 y 47 de la Ordenanza Local y de los planos de Usos de Suelo (Lámina 2) y de Vialidad (Lámina 3) del Plan Regulador Comunal.

23.  Que a través del Ord. A.U. Nº 43, de fecha 25 de junio de 2010, la Asesoría Urbana reformula proyecto y reingresa antecedentes para informe técnico oficial.

24.  Que la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, mediante el Of. Ord. Nº 2.916, de fecha 9 de julio de 2010, acusa recibo al reingreso del proyecto de Modificación Nº 25 al PRC de Vitacura, "Sector Av. Carolina Rabat" e informa ingreso oficial del expediente para trámite de revisión e informe técnico de la SEREMI MINVU.

25.  Que la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, mediante el Of. Ord. Nº 3.262, de fecha 30 de julio 2010, informa observaciones al reingreso del proyecto Modificación Nº 25 al PRC de Vitacura "Sector Av. Carolina Rabat".

26.  Que el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria Nº 662, de fecha 1 de septiembre de 2010, mediante el acuerdo Nº 3.019, acuerda complementar el acuerdo Nº 2.965, tomado en la Sesión Ordinaria Nº 652, de fecha 26 de mayo de 2010 en el sentido de: 1) Junto con reformular el proyecto de modificación Nº 25 al PRCV, "Sector Av. Carolina Rabat", se aprueba el referido proyecto. 2) Se elimina del proyecto de Modificación el artículo 47 de la Ordenanza Local. 3) Se elimina el plano de Vialidad (lámina 3).

27.  Que mediante el decreto alcaldicio sección 1ª Nº 3/2828 de fecha 8 de septiembre de 2010, se complementa el decreto alcaldicio sección 1ª Nº 3/1964 de fecha 14 de junio de 2010.

28.  Que mediante el Ord. Nº 4.364, de fecha 22 de septiembre de 2010, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, se emitió el Informe Técnico Favorable sobre los antecedentes administrativos y técnicos que conforman el proyecto de Modificación Nº 25 al Plan Regulador Comunal de Vitacura, denominada "Sector Av. Carolina Rabat".

29.  Lo dispuesto en los artículos 43º y siguientes de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y 2.1.10 y siguientes de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

30.  Y, en uso de las facultades que me confieren los artículos 56º, 63º y 65º de la Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones,

    Decreto:


    1. Promúlgase la Modificación Nº 25 al Plan Regulador Comunal de Vitacura, denominada "Sector Av. Carolina Rabat", que comprende la modificación del artículo 43 de la Ordenanza Local y el plano de Usos de Suelo (lámina 2) del Plan Regulador Comunal de Vitacura.


    2. El texto que se transcribe es el siguiente:

    MODIFICACIÓN Nº 25 AL PRCV SECTOR AV. CAROLINA RABAT
    TEXTO APROBATORIO

 

    Artículo Único

    Modifícase el Plan Regulador Comunal de Vitacura aprobado por resolución Nº 59 del 7 de diciembre de 1999, del Consejo Regional Metropolitano y publicado en el Diario Oficial del 30 de diciembre de 1999 y sus modificaciones posteriores, en el sentido de modificar el artículo 43, el cuadro 55 de la Zona U-Ee1; lo anterior de acuerdo a lo graficado en el plano MR-25-01 de Usos de Suelo, escala 1:2.500, que por este acto se aprueba y que modifica la lámina Nº 2 del Plan Regulador Comunal de Vitacura, en el área de la presente Modificación definida por el polígono A-B-C-D-E-F-A.

    El detalle de la Modificación a la Ordenanza Local es el siguiente:

1.  Modifíquese el artículo 43, en lo siguiente:

1.1  En el numeral 6, letra c) Equipamiento de Educación, Cuadro 55: Zona U-Ee1, Uso Equipamiento Especial Nº 1, Educación, agréguese intercalando en orden alfabético y modificando la numeración sucesiva, un nuevo renglón con el siguiente contenido:

12  Costanera Norte        Establecimiento
    Av. Santa María 6.400  Educacional


3.  Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial, junto al Texto aprobatorio de la Modificación Nº 25, aprobada por el decreto del punto 17 de los Vistos; reformulada por el decreto del punto 22 de los Vistos y complementada por el decreto del punto 27 de los Vistos, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 2.1.11. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

4.  Posterior a la publicación, los interesados podrán obtener la documentación del expediente, la que se encontrará archivada en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo y en la Asesoría Urbana de este Municipio.

    Anótese, comuníquese y archívese.- Raúl Torrealba del Pedregal, Alcalde.- Galo Errazúriz Rojas, Secretario Municipal Suplente.
    Lo que comunico para su conocimiento y fines pertinentes.- Galo Errázuriz Rojas, Secretario Municipal Suplente.