1. Modifíquese el decreto Secc. 2da. Nº 2.378 de fecha 1 de julio de 2010 que adjudica la licitación pública para el "Contrato de Participación y Concesión del Proyecto Estacionamiento Subterráneo Plaza de la Justicia de Santiago", a la Empresa Ingeniería en Electrónica Computación y Medicina S.A., RUT 89.630.400-3, según lo siguiente:
1. En los Vistos:
Donde dice: "... Resolución Nº 04 de fecha 12.02.2010 que aprueba Circular
Aclaratoria Nº 4 que contienen aclaraciones generales 05 de fecha
01.03.10 que aprueba Circular Aclaratoria Nº 5 que contiene
modificación del calendario de la licitación;..."
Debe decir: "... Resolución Nº 04 de fecha 12.02.2010 que aprueba Circular
Aclaratoria Nº 4 que contienen aclaraciones generales; resolución
Nº 05 de fecha 01.03.10 que aprueba Circular Aclaratoria Nº 5 que
contiene modificación del calendario de la licitación;...".
2. En los Vistos:
Donde dice: "... Ord. Nº 123 de fecha 25.03.10 de la Secretaria Comunal de
Planificación a la Dirección de Asesoría Jurídica Municipal donde remite
en consulta expedientes de Ofertas Técnicas; solicitud de la Comisión
Evaluadora de fecha 10.04.10 de antecedentes aclaratorios a los oferentes
Consorcio Plaza Montt Varas e Ingeniería en Electrónica Computación
Medicina S.A.;..."
Debe decir: "... Ord. Nº 123 de fecha 25.03.10 de la Secretaria Comunal de
Planificación a la Dirección de Asesoría Jurídica Municipal donde remite
en consulta expedientes de Ofertas Técnicas; Ord. Nº 863 de fecha 31.03.10
del Abogado Jefe de la Dirección de Asesoría Jurídica a la Secretaria
Comunal de Planificación; Memorándum Nº 332 de fecha 08.04.10 de la
Comisión Evaluadora al Director de Asesoría Jurídica; Ord. Nº 948 de fecha
09.04.10 del Abogado Jefe Dirección Asesoría Jurídica a Secretaria Comunal
de Planificación; solicitud de la Comisión Evaluadora de fecha 10.04.10 de
antecedentes aclaratorios a los oferentes Consorcio Plaza Montt Varas e
Ingeniería en Electrónica Computación Medicina S.A.; ...".
3. En los Vistos:
Donde dice: "... Decreto Secc. 2da. Nº 1204 de fecha 15.04.10 que modifica
Decreto Secc. 2da. Nº 423 de fecha 16.03.10, reemplazando al Sr. Mauricio
Cisterna M. por el Sr. Patricio Lazcano Silva; resolución Nº 06 de fecha
01.03.10 que modifica el calendario de la licitación; cartas Nº 46 y Nº
47, ambas de fecha 20.04.10 y del Director Coordinador del Área Urbana, a
..."
Debe decir: "... Decreto Secc. 2da. Nº 1204 de fecha 15.04.10 que modifica
decreto Secc. 2da. Nº 423 de fecha 16.03.10, reemplazando al Sr. Mauricio
Cisterna M. por el Sr. Patricio Lazcano Silva; cartas Nº 46 y Nº 47, ambas
de fecha 20.04.10 y del Director Coordinador del Área Urbana, a ...".
4. En los Vistos:
Donde dice: "... Ord. Nº 223 de fecha 07.05.10 de la Comisión Evaluadora al
Secretario Municipal; agregar demás documentación entre Cta y acuerdo
Concejo; Informe Nº 40 de fecha 04.05.10 de la Comisión de Gestión Comunal
del Concejo Municipal de Santiago; ..."
Debe decir: "... Ord. Nº 223 de fecha 07.05.10 de la Comisión Evaluadora al
Secretario Municipal; Informe Nº 40 de fecha 04.05.10 de la Comisión de
Gestión Comunal del Concejo Municipal de Santiago; ...".
5. En el 2º párrafo del numeral 5., en atención a lo indicado en la Circular Aclaratoria Nº 3 (Segunda Ronda), numeral VIII, respuesta a la consulta Nº 2 de la Empresa H:
Donde dice: "... La forma de pago de este derecho, deberá realizarse anualmente
en una sola cuota anticipada, a partir de la fecha de Suscripción del
Contrato de Participación y por el período de vigencia del mismo."
Debe decir: "... La obligación al pago se generará desde la fecha de suscripción
del Contrato de Participación. Su pago efectivo deberá efectuarse en dos
(2) cuotas anuales, la primera al momento de firmar el contrato de
participación y la segunda a los seis meses siguientes y así sucesivamente
por el período de vigencia del contrato. El pago en dinero se efectuará
según liquidación del valor de la Unidad de Fomento (UF), correspondiente
al último día hábil del mes inmediatamente anterior al pago. No obstante
lo anterior, el Municipio se reserva el derecho de cobrar anticipadamente
el canon de los primeros 5 años de concesión, a una tasa que se acordará
con el Municipio antes de la firma de contrato, la cual no podrá ser menor
a la tasa social informada por Mideplan.".
6. En el numeral 9.1., letra a), en atención a lo indicado en la circular aclaratoria Nº 3 (Segunda Ronda), numeral VIII, respuesta a la consulta Nº 2 de la Empresa H:
Donde dice: "... la forma de pago será de dicho monto Anual Fijo, deberá
realizarse anualmente en una sola cuota anticipada, a partir de la fecha
de Suscripción del Contrato de Participación y por el período de vigencia
del mismo.",
Debe decir: "... la forma de pago de dicho Pago Anual Fijo deberá efectuarse en
dos cuotas anuales, la primera al momento de firmar el contrato de
participación y la segunda a los seis meses siguientes y así sucesivamente
por el período de vigencia del contrato. El pago en dinero se efectuará
según liquidación del valor de la Unidad de Fomento (UF), correspondiente
al último día hábil del mes inmediatamente anterior al pago. No obstante
lo anterior, el Municipio se reserva el derecho de cobrar anticipadamente
el canon de los primeros 5 años de concesión, a una tasa que se acordará
con el Municipio antes de la firma de contrato, la cual no podrá ser menor
a la tasa social informada por Mideplan.".
Notifíquese personalmente o por cédula, por el señor Secretario Municipal, el presente decreto a la empresa adjudicataria.