AMPLÍA LISTA DE PERITOS PARA LA I REGIÓN DE TARAPACÁ

    Núm. 854 exento.- Santiago, 15 de octubre de 2010.- Vistos: Estos antecedentes; en el inciso segundo del artículo 4º del decreto ley Nº 2.186, de 1978, modificado por el artículo único de la ley Nº 18.932; ley Nº 20.175; el Nº 20 del numeral VI del artículo primero del decreto supremo del Ministerio Secretaría General de la Presidencia Nº 19, de 2001; la resolución Nº 1.600, de 30 de octubre de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, de esa Contraloría General; el oficio Ord. Nº D-12869, de 27 de septiembre de 2010, de la Subsecretaria (S) del Interior, oficio Nº 738/10, de 2 de septiembre de 2010, de la señora Intendenta I Región de Tarapacá.

    Decreto:

    Amplíase con los siguientes profesionales, la lista de peritos para la I Región de Tarapacá, de los cuales la entidad expropiante designará a los miembros de la comisión encargada de determinar el monto provisional de la indemnización en un procedimiento expropiatorio, aprobada por decreto supremo de Hacienda Nº 692, de 1978, publicado en Diario Oficial de fecha 7 de diciembre de 1978:

Arquitectos:

   

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Felipe Larraín Bascuñán, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atte. a usted, Rodrigo Álvarez Zenteno, Subsecretario de Hacienda.