Efectúa un aprote extraordinario al Fondo Común Municipal y compensa menores ingresos a comunas afectadas por el terremoto y maremoto de 27 de febrero de 2010.

Es una de varias normas dictadas con el propósito de paliar los daños causados al país por el terremoto y tsunami del 27 de febrero de 2010.

El texto faculta al Fisco para hacer un aporte extraordinario de hasta diez milmillones de pesos al Fondo Común Municipal. El objetivo de esto es compensar a las comunas declaradas “zona de catástrofe” por el Ministerio del Interior (las de las regiones de Valparaíso, del Libertador Bernardo O’Higgins, del Maule, del Bíobío, de la Araucanía y Metropolitana) por la eventual disminución de sus ingresos durante 2010 por concepto de permisos de circulación, impuesto territorial y derechos de aseo.

La distribución de los dineros se hará mediante el cálculo de la diferencia negativa que se haya producido en la captación de tales ingresos en 2010 en comparación a 2009, en cada municipalidad señalada.

Se exceptúan de este beneficio las Municipalidades de Santiago, Providencia, Las Condes, Vitacura y Lo Barnechea.

Esta ley consta de ocho artículos permanentes.


    Artículo 3°.- En el evento que el total de las caídas de ingresos, así calculadas, que registren los municipios de las zonas afectadas por la catástrofe, en su conjunto, fuere inferior a la suma señalada en el artículo precedente, el saldo que quedare será distribuido por partes iguales entre el 60% de las comunas a las que les correspondiere percibir menor cantidad de recursos por concepto de menores ingresos brutos o no hubieren registrado éstos.