COMPLEMENTA DECRETO Nº 656, DE 2004, Y DECLARA CAMINOS PÚBLICOS, EN LAS ÁREAS URBANAS DE LA REGIÓN DE COQUIMBO, LAS CALLES Y AVENIDAS QUE INDICA

    Núm. 2.214 exento.- Santiago, 25 de octubre de 2010.- Vistos: Estos antecedentes, lo dispuesto en el artículo 24 del DFL MOP Nº 850, de 1997, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley 15.840, de 1964, Orgánica del MOP, y del DFL MOP Nº 206, de 1960; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; el Nº 1 del artículo IV del D.S. Nº 19 Minsegpres, de 22 de enero de 2001, y el D.S. 656, de 29 de julio de 2004.

    Considerando:

    Que es necesario incorporar nuevas calles o avenidas urbanas a la administración de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas.
    Que el artículo 24 del DFL MOP Nº 850, de 1997, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley 15.840 y del DFL Nº 206, de 1960, permite declarar caminos públicos a calles y avenidas urbanas que unan caminos públicos.
    Que el Nº 1 del artículo IV del D.S. Nº 19 Minsegpres, de 22 de enero de 2001, faculta al Ministro de Obras Públicas para firmar "Por orden del Presidente de la República" la presente declaratoria.

    Decreto:
    1.- Compleméntese el D. S. Nº 656, de 29 de julio de 2004, y declárese caminos públicos en las áreas urbanas las calles y avenidas que se individualizan en el punto siguiente.
    2.- Incorpórese al numeral 3, bajo el título "Coquimbo", lo siguiente:

.    El tramo urbano del by pass Pan de Azúcar, desde el límite urbano sur oriente a la Ruta D-35 (Avenida La CanteraDecreto 1017 EXENTO,
OBRAS PÚBLICAS
N°, 1.1 y 1.2
D.O. 20.11.2024
).

    3.- Las calles o avenidas declaradas caminos públicos en el presente decreto sólo se consideran como tales para los efectos de lo dispuesto en la legislación sobre caminos públicos, sin que por ello pierdan sus características de vías urbanas, sujetas a las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, su Ordenanza y de los Planes Reguladores.

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Hernán de Solminihac Tampier, Ministro de Obras Públicas.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., María Loreto Silva Rojas, Subsecretaria de Obras Públicas.