MODIFICA PLAN REGULADOR COMUNAL DE POZO ALMONTE EN EL SENTIDO QUE INDICA Y DEJA SIN EFECTO DECRETO Nº 65, DE 2009
Santiago, 11 de agosto de 2010.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 95.- Visto: El artículo 50 del DFL Nº 458 (V. y U.), de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones; el artículo 6.1.12 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, agregado por DS Nº 23 (V. y U.), de 2009; los artículos 2º y 9º y, en especial, el artículo 21 inciso cuarto, de la ley Nº 16.391; el artículo 12 letra i) del DL Nº 1.305 (V. y U.), de 1975; el oficio Ord. Nº 16, de 15 de diciembre de 2008, del Serviu Región de Tarapacá; los oficios Ord. Nº 508, de 13 de abril de 2009, Nº 679, de 14 de mayo de 2009, Nº 0748, de 1 de junio de 2009, Nº 108, de 28 de enero de 2010, Nº 588 de 13 de mayo de 2010, y Nº 704, de 8 de junio de 2010, todos de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Tarapacá; los oficios Ord. Nº 73, de 29 de enero de 2009 y Nº 147 de 9 de marzo de 2010, ambos de la I. Municipalidad de Pozo Almonte; las resoluciones exentas Nº 18, de 25 de febrero de 2009 y Nº 36 de 13 de abril de 2010, ambas de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Tarapacá; los oficios Ord. Nº 393, de 15 de junio de 2009, Nº 752, de 1 de octubre de 2009 y Nº 412 de 29 de junio de 2010, todos de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo; el oficio Nº 71012 de 23 de diciembre de 2009, de la Contraloría General de la República, y los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile,
Decreto:
Artículo 1º: Modifícase el Plan Regulador Comunal de Pozo Almonte, aprobado mediante decreto Nº 52 de 23 de marzo de 1984, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial de fecha 15 de mayo de 1984, en el sentido de sustraer de la zona Z5.EU y definir como zona Z5-1.EU el terreno de propiedad del Serviu Región de Tarapacá, de aproximadamente 13,45 ha (trece coma cuarenta y cinco hectáreas), delimitado por la línea poligonal A-B-C-D-A, ubicado entre la prolongación de las calles Arica, Caliche, Humberstone y Pampa Germania, de conformidad a lo señalado en la Memoria Explicativa, Ordenanza Local, Estudio de Factibilidad Sanitaria y Plano MPRCPA - 1/2009, denominado "Modificación Plan Regulador Comunal Pozo Almonte", confeccionado a escala 1:5.000 por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Tarapacá, documentos que por el presente decreto se aprueban.
Artículo 2º: Modifícase la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Pozo Almonte en el sentido que se indica:
1. Agrégase al artículo 5 una nueva letra f), pasando la actual letra f) a ser g):
"f) Zona Z5 - 1.EU (Extensión Urbana)".
2. Intercálase en el artículo 17, entre los párrafos titulados "Zona Z.5.EU." y "Zona R.", el siguiente nuevo párrafo:
"Zona Z5-1. EU:
A. Usos de suelo permitidos:
- Residencial.
- Equipamiento de clases: comercio, culto y cultura, deporte, educación, salud, seguridad, servicios, social.
- Infraestructura: sanitaria, energética.
B. Usos de suelo prohibidos:
- Todos los no señalados como permitidos.
C. Densidad Bruta Máxima:
- 320 hab/ha.
D. Normas Urbanísticas:

Artículo 3º: Déjase sin efecto el DS Nº 65 (V. y U.), de 2009, no tramitado por la Contraloría General de la República.
Por razones de urgencia, la Contraloría General de la República se servirá tomar razón del presente decreto en el plazo de cinco días.
Anótese, tómese razón y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Magdalena Matte Lecaros, Ministra de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Andrés Iacobelli del Río, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
División Jurídica
Cursa con alcance el decreto Nº 95, de 2010, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo
Nº 73.113.- Santiago, 6 de diciembre de 2010.
Esta Contraloría General ha tomado razón del decreto de la suma, a través del cual, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 del decreto con fuerza de ley Nº 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo -Ley General de Urbanismo y Construcciones-, se modifica el Plan Regulador Comunal de Pozo Almonte, por cuanto se ajusta a derecho, y cumple con hacer presente que entiende que la denominación "Extensión Urbana", de la Zona Z5-1.EU, a que se refiere, solamente dice relación con la clasificación que el artículo 5º del mencionado Plan Regulador efectúa de distintas zonas, en función de su grado de consolidación.
Con el alcance que antecede, se ha dado curso al decreto del epígrafe.
Saluda atentamente a Us., Ramiro Mendoza Zúñiga, Contralor General de la República.
A la señora
Ministra de Vivienda y Urbanismo
Presente.