APRUEBA ENMIENDA A PLAN REGULADOR COMUNAL

    Núm. 2.714.- Victoria, 2 de diciembre de 2010.- Vistos:

8.  El acuerdo Nº 353, del 1 de junio de 2010 del Concejo Municipal que aprueba iniciar proceso de enmienda a Plan Regulador Comunal.
9.  La audiencia pública de fecha 2 de agosto de 2010.
10.  El certificado de fecha 10 de agosto de 2010.
11.  El certificado de fecha 4 de octubre de 2010 del Secretario Municipal de Victoria.
12.  La audiencia pública de fecha 18 de octubre de 2010.
13.  El acuerdo Nº 519, de fecha 30 de noviembre de 2010, que aprueba enmienda a Plan Regulador.
14.  Las facultades que me confiere la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades,

    Decreto:
    2. Apruébase la enmienda al Plan Regulador de Victoria que modifica el porcentaje de uso de suelo en la zona Z-1 aumentándolo de un 80% a un 100%.
    Anótese, comuníquese y archívese, firmados por Sergio Adriasola Caulier, Alcalde (S), Sandra Aburto Díaz, Secretaria Municipal (S).
    Lo que me permito comunicar a usted, para su conocimiento y fines consiguientes.- Saluda atentamente a usted, Sergio Adriasola Caulier, Secretario Municipal.
    ENMIENDA

Enmienda a Plan Regulador de Victoria aprobado por resolución Nº 20, del 4 de agosto de 1992.

          ORDENANZA

ZONA Z-1

Usos del suelo

Permitidos:

-    Viviendas,
-    Equipamiento a escala Regional e Interurbana en los tipos Salud, Educación, Culto, Cultura, Áreas Verdes, Esparcimiento y Turismo (solo Hoteles, Casinos), Servicios Públicos y Servicios Profesionales;
-    Equipamiento a escala Comunal, excepto Estadios y Canchas de Deportes;
-    Equipamiento a escala vecinal, excepto Canchas de Deportes;
-    Actividades productivas inofensivas.

Prohibidos:

-    Equipamiento a escala Regional e Interurbana, del tipo Seguridad, Grandes Estadios de Deportes y Medialunas, Hipódromos, Circos, Parques de Entretenciones, Zonas de Picnic y Terminales de Distribución de Comercio.
-    Servicios automotrices y/o centros de ventas o expendio de combustibles.
-    Actividades productivas molestas, insalubres y peligrosas.

Superficie y frente
predial mínimo:            Superficie  = 300 m2.
                          Frente      = 12,5 m.

Porcentaie máximo de ocupación de suelo: 100%

Sin perjuicio del porcentaje indicado, debe darse cumplimiento a las normas sobre rasantes, distanciamientos y condiciones de habitabilidad de los espacios, señalados en la Ordenanza General de Construcciones y Urbanización.

Sistema de agrupamiento: aislado, pareado, continuo.

Para los edificios de carácter industrial, se aplicará lo dispuesto en el artículo 110 de la Ordenanza General de Construcciones y Urbanización.

Altura máxima de edificación: Para la edificación aislada y pareada se definirá por la aplicación de rasantes desde el nivel del terreno. Para la edificación continua, se establece una altura máxima de 14m ; la profundidad del cuerpo continuo será de un 100%. Por sobre dicha altura máxima, se permite la edificación aislada; en este caso, la aplicación de las rasantes se hará a partir de la altura máxima de la edificación continua.

Hugo Monsalves Castillo, Alcalde.- Sergio Adriasola Caulier, Secretario Municipal.- Jorge Blanc Oliveros, Director de Obras Municipales.- Jocelin Petit Vera, SECPLA.

    CERTIFICADO Nº 407

Sergio Adriasola Caulier, Secretario Municipal certifica que:

En sesión ordinaria de fecha 30 de noviembre de 2010 se tomó el siguiente acuerdo:

Acuerdo Nº 519.- El Concejo Municipal aprueba enmienda al plan regulador.

Victoria, 3 de diciembre de 2010.