FIJA LÍMITES DEL MONUMENTO HISTÓRICO CASTILLO SAN SEBASTIÁN DE LA CRUZ DE CORRAL Y DECLARA ZONA TÍPICA EL ENTORNO DE DICHO MONUMENTO HISTÓRICO, UBICADOS EN LA COMUNA DE CORRAL, PROVINCIA DE VALDIVIA, REGIÓN DE LOS RÍOS
Núm. 467.- Santiago, 25 de noviembre de 2010.- Considerando: Que, mediante decreto supremo Nº 3.869, del Ministerio de Educación, de 14 de junio de 1958, se declararon Monumento Histórico cuatro fortificaciones, ubicadas en la actual Región de Los Ríos, entre los cuales se contempla el Castillo de San Sebastián de La Cruz, ubicado en el puerto de Corral, en terrenos fiscales cedidos por ley Nº .1768, de 1905 y decreto supremo Nº 1.858, de 30 de noviembre de 1907, a la Societé des Hautes Fourneaux, Forges et Aciéries du Chili, hoy Compañía Electro-Siderúrgica e Industrial de Valdivia.
Que, dicho decreto no señala los límites de los bienes declarados Monumentos Históricos, lo que hace necesario su definición.
Que, por el presente decreto se fija el límite del Monumento Histórico del Castillo de San Sebastián de La Cruz, incorporando el atalaya, los baluartes y el foso.
Que, la plataforma superior de la mencionada fortificación se declara como Zona Típica, en atención a que, actualmente, corresponde a un área loteada, ocupada por nueve edificaciones de edificios públicos de un total de veinte viviendas, y otras instalaciones.
Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 17.288, de 1970; decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, decreto supremo Nº 3.869, de Educación, de 14 de junio de 1958; Ord. Nº 4983/10, del Secretario Ejecutivo del Consejo de Monumentos Nacionales, de 8 de octubre de 2010; Acta de Sesión de 12 de mayo de 2010, del Consejo de Monumentos Nacionales (punto 45); Ord. Nº 60 y Nº 89, de 21 de julio y de 3 de noviembre de 2010, respectivamente, ambos de la Coordinadora Comisión Asesora Monumentos Nacionales de la Región de Los Ríos; Ord. Nº SE-14 002036, de la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región de Los Ríos, de 09 de septiembre de 2009; Carta de don Gastón Pérez G., Alcalce de Puerto Corral, de 14 de diciembre de 2009; resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República y en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile,
Decreto:
Artículo primero: Fíjanse los límites del Monumento Histórico Castillo San Sebastián de La Cruz de Corral, declarado como tal por decreto supremo Nº 3869, del Ministerio de Educación, de 14 de junio de 1958, ubicado en la Comuna de Corral, Provincia de Valdivia, Región de Los Ríos, incorporando el atalaya, los baluartes y el foso, según se señala:
- Norte (desde el tramo A al B): línea exterior de muro de fortificación.
- Oriente (desde el tramo B al D): línea exterior de muro de fortificación.
- Sur (desde el tramo D al I): límite con terreno Sitio 14 e inmuebles con roles SII Nºs 2-7, 2-5, 2-6, 2-2, 2-8, 2-9, 2-11, 2-10, 2-12, 2-13 y 2-14.
- Poniente (desde el tramo I al A): Línea de cierro que colinda con Sitio A.
La superficie total protegida es de 11.545,91 m2, aproximados, según se define en el polígono A-B-C-D-E-F-G-H-I-A del plano adjunto, que forma parte del presente decreto.
Artículo segundo: Declárase Zona Típica o Pintoresca el entorno del Monumento Histórico Castillo de San Sebastián de La Cruz de Corral, señalado en el artículo anterior.
Los límites de la Zona Típica o Pintoresca son los siguientes:
- Norte (desde el tramo 1 al 2): 50 metros desde el borde mar de la fortificación.
- Oriente (desde el tramo 2 al 3): prolongación perpendicular desde la gruta de Lourdes hasta los 50 metros con respecto a la baja marea.
- Sur (desde el tramo 3 al 7): línea de solera norte de Avenida 6 de Mayo, escalera de acceso a fuerte y línea de solera sur de calle Blanco y Camino La Aguada.
- Poniente (desde el tramo 7 al 1): límite con terrenos de la Municipalidad de Corral y prolongación perpendicular hasta 50 metros con respecto al borde mar.
La superficie total protegida es de 31.368,50 m2, según se define en el polígono 1-2-3-4-5-6-7-8-1 del plano adjunto, que forma parte del presente decreto.
Anótese, tómese razón y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Joaquín Lavín Infante, Ministro de Educación.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento. Saluda atentamente a usted, Fernando Rojas Ochagavía, Subsecretario de Educación.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
División Jurídica
Cursa con alcance decreto Nº 467, de 2010, del Ministerio de Educación
Nº 74.090.- Santiago, 10 de diciembre de 2010.
Esta Entidad de Control ha dado curso al documento del rubro, mediante el cual se fijan los límites del monumento histórico Castillo San Sebastián de La Cruz de Corral y declara zona típica su entorno, ubicados en la comuna de Corral, provincia de Valdivia, Región de Los Ríos, por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que los oficios ordinarios Nºs. 60 y 89, de la Coordinadora de la Comisión Asesora de Monumentos Nacionales de la Región de Los Ríos, son de fecha 21 de julio y 3 de noviembre, ambos de 2009, respectivamente, y no como se indica en el Visto del instrumento en examen.
Con el alcance que antecede se ha tomado razón del acto administrativo del epígrafe.
Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga, Contralor General de la República.
Al señor
Ministro de Educación
Presente.